Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2014 (11/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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a) El numero del Registro Unico de Contribuyentes (RUC). b) La Denominacion de la Municipalidad. c) La Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal distinta a la Deuda Aduanera que figura en el Archivo de Deuda y que se desea acoger al Sinceramiento de la Deuda Municipal. d) La Deuda Aduanera que se desea acoger al Sinceramiento de la Deuda Municipal, indicando los siguientes datos: d.1 Numero de documento de deuda d.2 MORDAZA de documento de deuda d.3 Fecha de actualizacion de deuda. d.4 Entidad d.5 Monto del tributo o multa. d.6 Monto de los intereses. d.7 Monto total de la deuda. e) La forma de Pago. f) Los Recursos de Libre Disponibilidad, en caso elija la forma de pago fraccionado. g) Numero de cuotas por las que se solicita el fraccionamiento. h) Monto de la primera cuota que no puede ser inferior al resultado de dividir el monto total de la deuda acogida sobre el numero de cuotas que solicita el fraccionamiento. 4.4 Una vez ingresada la informacion en el Formulario Nº 4847 "Solicitud de Acogimiento al Sinceramiento de la Deuda Municipal", esta sera validada en el referido aplicativo, se grabara el archivo que se genere en un disco compacto o memoria USB y se imprimira la Solicitud de Acogimiento, la que debidamente firmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado en el RUC se presentara en los lugares indicados en el numeral 5.1 del articulo 5°. La Municipalidad tambien debera proceder a imprimir los reportes de pagos que se generan como producto del procedimiento de elaboracion de la Solicitud de Acogimiento, a fin de poder efectuar aquellos pagos correspondientes a la primera cuota del pago fraccionado o al pago al contado de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal por cada uno de los Entes que componen la deuda acogida. Articulo 5°.- MORDAZA DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO 5.1 La Solicitud de Acogimiento impresa y debidamente firmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado en el RUC asi como el archivo que la contiene, debidamente almacenado en un disco compacto o memoria USB, se presentaran, hasta el 13 de febrero de 2014, en los siguientes lugares: a) Tratandose de Municipalidades que por su domicilio fiscal correspondan a la Intendencia Lima: a.1 Si son Principales Contribuyentes: En las dependencias encargadas de recibir sus declaraciones pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao. a.2 Si son Medianos y Pequenos Contribuyentes: En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la Provincia de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao. b) Tratandose de Municipalidades que por su domicilio fiscal correspondan a otras Intendencias Regionales u Oficinas Zonales: En las dependencias de la SUNAT de su jurisdiccion o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias. 5.2 En el caso de haberse optado por el pago fraccionado de la Deuda Materia de Sinceramiento de la Deuda Municipal, la Municipalidad debera adjuntar MORDAZA del Acuerdo de Concejo Municipal, segun el modelo del Anexo I aprobado por el Reglamento. 5.3. Si el tramite de MORDAZA es realizado por un tercero, este debera presentar carta poder simple firmada por el representante legal de la Municipalidad acreditado

El Peruano Sabado 11 de enero de 2014

en el RUC y MORDAZA simple del documento de identidad del referido representante. Articulo 6°.- CAUSALES DE RECHAZO El disco compacto o memoria USB o el archivo de la Solicitud de Acogimiento contenido en cualquiera de estos dispositivos de almacenamiento, seran rechazados si, luego de verificados, se presenta al menos alguna de las siguientes situaciones: a) Contiene virus informatico. b) Presenta defectos de lectura. c) El numero de RUC del archivo es distinto al que figura en la Solicitud de Acogimiento impresa. d) El numero de RUC del archivo pertenece a una Municipalidad cuyo domicilio fiscal no corresponde a las dependencias de la SUNAT o a los Centros de Servicios a que se refiere el numeral 5.1 del articulo 5°. e) El numero de pedido del Archivo de Deuda es distinto al que se genero en SUNAT Operaciones en Linea. f) Presenta modificaciones de contenido luego de la elaboracion de la solicitud de acogimiento. g) El Archivo de Deuda no se genero en SUNAT Operaciones en Linea. Cuando se rechace el disco compacto o memoria USB o el archivo de la Solicitud de Acogimiento por cualquiera de las situaciones senaladas, esta se considerara como no presentada. Articulo 7°.- MORDAZA DE MORDAZA O DE RECHAZO 7.1 De no mediar alguna de las causales de rechazo del articulo 6°, el sistema de la SUNAT validara el archivo, almacenara la informacion y procedera a recibir la Solicitud de Acogimiento impresa, emitiendo la MORDAZA de MORDAZA del archivo debidamente sellada y/o refrendada y entregando el cargo correspondiente a la solicitud impresa. 7.2 En el caso de producirse el rechazo por alguna de las causales previstas en el articulo 6° se imprimira la MORDAZA de rechazo la cual sera sellada y entregada a quien realiza el tramite. 7.3 En todos los casos, el disco compacto o memoria USB presentada seran devueltos a la persona que realiza el tramite. Articulo 8°.- SUSTITUCION DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO Para efecto de lo senalado por el numeral 7.3 del articulo 7° del Reglamento, se tendra en cuenta lo siguiente: 8.1 Una vez presentada la Solicitud de Acogimiento y siempre que no MORDAZA vencido el plazo para su MORDAZA, la Municipalidad podra sustituir la informacion consignada en la referida solicitud considerando que: a) La MORDAZA Solicitud de Acogimiento sustituye en su totalidad a la anterior, no siendo posible la MORDAZA de solicitudes rectificatorias ni complementarias. b) Se debera consignar nuevamente todos los datos de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal, inclusive aquella informacion que no desea sustituir. 8.2 En el caso que la Municipalidad sustituyera la informacion conforme a lo detallado en el numeral anterior, se entendera como fecha de MORDAZA de la Solicitud de Acogimiento a la del ultimo Formulario Nº 4847 "Solicitud de acogimiento al Sinceramiento de la Deuda Municipal" presentado, siempre que a dicha fecha la Municipalidad MORDAZA cumplido con los requisitos previstos en el articulo 7° del Reglamento. Articulo 9°.- DEL PAGO AL CONTADO Y DE LA PRIMERA CUOTA DEL PAGO FRACCIONADO DE LA DEUDA MATERIA DEL SINCERAMIENTO DE LA DEUDA MUNICIPAL 9.1 El pago al contado de la Deuda Materia del Sinceramiento de la Deuda Municipal o de la primera cuota