Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

529695
POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 07-2014-CDUCAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 2519-2014-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 475-2014GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 4842014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 171-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 018-2014-SGHRUGDU-MSS de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que promueve la Regularizacion de Habilitaciones Urbanas ejecutadas en el distrito de MORDAZA de Surco; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que la autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, senala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, asimismo, el Articulo 79º numeral 3) item 3.6.1 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)". Que, el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos. (...)", lo cual resulta concordante con lo establecido en el del Articulo 9º numeral 29) de la acotada MORDAZA, que establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas, (...)". Que, con Informe Nº 018-2014-SGHRU-GDU-MSS del 09.06.2014, la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, teniendo en cuenta el Informe Nº 001-2014MVH del 29.05.2014, senala que durante la vigencia de la Ordenanza Nº 402-MSS "Ordenanza que promueve la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en el Distrito de MORDAZA de Surco", publicado con fecha 16.10.2011, y el Decreto de Alcaldia Nº 26-2012-MSS (que prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 402-MSS, hasta el 31.03.2013), se aprobaron un total de 78 tramites aproximadamente, entre regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada - Recepcion de Obras de Habilitacion

Estando al Dictamen Conjunto Nº 05-2014-CDUCAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Juridicos, el Informe Nº 454-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades establecidas en los articulos 9º numeral 8) y 29), 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 456-MSS QUE INCORPORA DISPOSICIONES A LA ORDENANZA Nº 391-MSS PARA PROMOVER LA RESPONSABILIDAD SOCIAL FRENTE A DANOS MATERIALES CAUSADOS A AREAS PUBLICAS POR OBRAS DE EDIFICACION EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICAR la Primera Disposicion Complementaria Final incorporada a la Ordenanza Nº 391-MSS a traves de la Ordenanza Nº 456-MSS, en los siguientes aspectos: 1.1 Establecer a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro en lugar de la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos como la encargada de verificar e informar de la reparacion e inexistencia de danos materiales que MORDAZA causados por obras de edificacion. 1.2 Establecer como plazo MORDAZA el de cinco (5) dias para que la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro emita informe y comunique a la Subgerencia de Licencia de Edificacion y Control MORDAZA el resultado de su evaluacion en la verificacion de la reparacion de los danos materiales causados a areas publicas por obras de edificacion. Articulo Segundo.- RECTIFICAR el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 456-MSS con relacion al codigo de infraccion contenido en el cuadro de infraccion, debiendo quedar redactado en los siguientes terminos: "Articulo Segundo.- (...)
CODIGO INFRACCION % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA

010.02.62 Por ocasionar danos materiales 4UIT Reparacion y/o a las areas publicas como Reposicion consecuencia directa de la ejecucion de obras de edificacion.

Articulo Tercero.- ESTABLECER en lo que se haga referencia a la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas en la Ordenanza Nº 391-MSS y Ordenanza Nº 456-MSS, se entienda como Subgerencia de Licencia de Edificacion y Control Urbano. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano, en el MORDAZA Institucional www.munisurco.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1121047-1

Promueven la regularizacion de las habilitaciones urbanas ejecutadas en el distrito
ORDENANZA Nº 492-MSS MORDAZA de MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA