Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

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o peligro inminente del mismo, se atiende a traves de dos formas de intervencion: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversion Publica (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Direccion General de Politica de Inversiones (hoy Direccion General de Inversion Publica) del Ministerio de Economia y Finanzas, la que de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del articulo 11 de la citada Directiva, senala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la solicitud de credito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobacion del credito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el articulo 13 de la referida Directiva; Que, el articulo 13 de la Directiva MORDAZA referida, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30115, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado, el INDECI, a traves del Oficio N° 2096-2014-INDECI/4.0, solicita la suma de UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 194 086,00), los cuales seran transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Yanatile, Provincia de Calca, Departamento de MORDAZA, para la atencion de seis (06) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria pesada excavadora para la descolmatacion y recuperacion del cauce primogenio del Rio Yanatile en el Sector del centro poblado de MORDAZA, ubicado en el MORDAZA del Rio Yanatile, provincia de Calca, el mismo que se encuentra colmatado por intensas precipitaciones pluviales, poniendo en riesgo a la poblacion de MORDAZA, el fenomeno natural se suscito el 15 de marzo del 2014", "Alquiler de maquinaria pesada que consta de un tractor sobre Oruga D6 para la rehabilitacion de la carretera Colca-Otalo en el distrito de Yanatile, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, afectado por las constantes y fuertes precipitaciones pluviales y el socavamiento en el talud inferior por el incremento del caudal de las aguas del rio Yanatile en el Sector de Huy Huy; evento ocurrido el 05 de febrero del 2014", "Descolmatacion del rio Yanatile, rio San MORDAZA en el sector de Quinuayarcca, y rio San MORDAZA en el Sector de Paucarbamba, mediante el alquiler de maquinaria pesada y su transporte, en el distrito de Yanatile, afectado por huaycos ocurridos en los MORDAZA San MORDAZA y San MORDAZA acontecidos el dia 31 de enero del 2014, ocasionados por las fuertes precipitaciones pluviales que se producen en esta epoca de lluvias", "Descolmatacion del rio Yanatile en el Sector de Colca-Huy Huy-Otalo, mediante el alquiler de maquinaria pesada para proteger las vias de comunicacion aledanas al rio, en el distrito de Yanatile, provincia de Calca, departamento de MORDAZA, afectado por los derrumbes ocasionados por las intensas lluvias acontecidos el 1° de febrero del 2014", "Descolmatacion del rio Yanatile, en el Sector de Paltaybamba, el mismo que contempla el alquiler de maquinaria pesada tractor de Orugas D7 MORDAZA bulldozer 260 HP, para recuperar el curso inicial del rio Yanatile, correspondiente al Sector Paltaybamba, distrito de Yanatile, provincia de Calca, afectada por las excesivas precipitaciones pluviales e incremento del caudal, que se produjo el 31 de enero del 2014" y "Alquiler de maquinaria pesada y su transporte para realizar la descolmatacion del rio Yanatile en el Sector de Munaypata del centro poblado menor de MORDAZA en el distrito de Yanatile, afectado por desbordes de rio Yanatile, acontecidos en marzo del 2014, ocasionados por las fuertes precipitaciones pluviales que se producen en esta epoca de lluvias", declarada en estado de emergencia mediante el Decreto Supremo N° 025-2014PCM; Que, es necesario atender las situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la poblacion como tambien en la economia nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 194 086,00) a favor del pliego INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley

refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1121444-5

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 228-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se aprobo, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para realizar acciones durante el Ano Fiscal 2014 que permitan brindar la atencion oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitar la infraestructura publica danada, asi como reducir los probables danos que pueda generar el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnicocientifico competente; Que, los literales c) y d) de la citada MORDAZA Disposicion Complementaria Final, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley Nº 30115, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones (hoy Direccion General de Inversion Publica), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el articulo 4 de la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014", dispone que la mencionada Directiva es de aplicacion a las Entidades del Sector Publico No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30115, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el ultimo trimestre del Ano Fiscal 2013, asi como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Ano Fiscal 2014 y los PIP de emergencia declarados elegibles en el Ano Fiscal 2013 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho ano fiscal; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 de la citada Directiva senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario, contados desde el dia siguiente de haber sido autorizada la transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, segun el articulo 10 de la Directiva MORDAZA referida, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud