Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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la Subgerencia de Ingenieria del MORDAZA senala que lo dispuesto en la Resolucion Directoral Municipal Nº 036-99MML/DMTU requiere actualizacion, inclusion de nuevos tipos de reductores de velocidad y medidas complementarias, tanto de diseno como criterios tecnicos para su instalacion a fin de mejorar la operatividad y seguridad del MORDAZA en el MORDAZA de lo establecido en la Directiva Nº 01-2011-MTC/14: Reductores de velocidad MORDAZA resalto para el Sistema Nacional de Carreteras -SINAC, aplicado a vias urbanas y rurales dentro de la metropoli de Lima; conforme a ello, la referida Subgerencia concluye que es necesario emitir una nueva normativa que regule dicha materia en el ambito de MORDAZA Metropolitana, para lo cual presenta un proyecto normativo y anexo que adjunta al citado Informe; Que, asimismo, mediante Informe Nº 221-2014-MML/ GTU-AL de fecha 17 de MORDAZA de 2014 el Area de Asesoria Legal de la Gerencia de Transporte MORDAZA senala que resulta viable y necesario emitir una normativa que regule la instalacion de elementos reductores de velocidad en las vias de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo a los criterios y especificaciones detalladas en dicho Informe Nº 0532014-MML/GTU-SIT; por lo que recomienda aprobar el proyecto normativo emitido por la Subgerencia de Ingenieria del Transito; Que, en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta lo senalado en los Informes Nos. 053-2014-MML/GTU-SIT y 221-2014-MML/GTU-AL, resulta necesario aprobar una directiva que establezca los parametros obligatorios para la instalacion de elementos reductores de velocidad con criterios tecnicos a fin de reducir las velocidades en las vias de MORDAZA Metropolitana; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion Politica del Peru, la Ley, y el Derecho dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1. del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica, Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ordenanza Nº 812-MML y sus modificatorias ­ "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima", Ordenanza Nº 1680-MML ­ "Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de Vias en la provincia de Lima", Resolucion Directoral Municipal Nº 036-99-MML/DMTU, la Directiva Nº 01-2011-MTC/14 ­ Reductores de Velocidad MORDAZA Resalto para el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), el Informe Nº 053-2014-MML/GTU-SIT recibido con fecha 08 de MORDAZA de 2014 y el Informe Nº 221-2014MML/GTU-AL con fecha 17 de MORDAZA de 2014; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2014MML/GTU: "Reductores de velocidad para las vias de MORDAZA Metropolitana" y Anexos, que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Municipal Nº036-99-MML/DMTU de fecha 16 de Junio de 1999. Articulo Tercero.- Establecer que los reductores de velocidad instalados al MORDAZA de la Resolucion Directoral Municipal Nº 036-99-MML/DMTU, cuyo diseno no cumpla con lo regulado en la Directiva aprobada en el Articulo Primero de la presente Resolucion, deberan ser reemplazados o adecuados de conformidad con dicha Directiva en un plazo no mayor a 60 (sesenta) dias habiles, bajo responsabilidad del respectivo Municipio Distrital. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Quinto.- Encarguese a la Subgerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion del contenido de la presente resolucion y la directiva en el MORDAZA Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA (www.gtu.munlima.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. RUBIO MORDAZA Gerente (e) Gerencia de Transporte MORDAZA 1120533-1

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aceptan donaciones de Petramas S.A.C. e ISIL para ser destinadas al XI Concurso Nacional de Marinera Nortena "Ciudad de Miraflores 2014"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2014/MM Miraflores, 5 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia reconocida en la Constitucion Politica del Peru y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, segun el articulo 9, numeral 20, de la citada ley, le corresponde al Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Asimismo, de acuerdo con el articulo 55 de este mismo dispositivo, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposicion o de garantia sobre el patrimonio municipal deber ser de conocimiento publico. Por ello, el articulo 56, numeral 7, de dicha ley senala que son bienes de la municipalidad los legados o donaciones que se instituyan en su favor; Que, es conveniente precisar que, segun el articulo 64 de la ley referida, las donaciones de bienes a favor de una municipalidad estan exoneradas de todo impuesto; Que, por otra parte el articulo 53 del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales prescribe que el ofrecimiento de donacion a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN o la entidad beneficiada, acompanando los documentos que acrediten la propiedad del bien asi como su valor comercial. De igual modo, segun el articulo 54 del dispositivo en mencion, la aceptacion de la donacion, previa evaluacion de los documentos presentados y emision de un informe tecnico-legal, se efectuara por resolucion de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, la SBN o el Gobierno Regional, de acuerdo con sus competencias; Que, adicionalmente, segun el articulo 24 de la Ordenanza Nº 361/MM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, las donaciones de bienes a favor de la Municipalidad de Miraflores seran aprobadas mediante acuerdo de concejo; Que, con Carta Externa Nº 23786-2014, ingresada el 24 de MORDAZA de 2014 y Carta de fecha 24 de MORDAZA de 2014, la Gerente General Adjunta de Petramas S.A.C. y el Gerente de Administracion y Finanzas de ISIL, senalan que donaran la suma de S/.11,168.00 (Once mil ciento sesenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 22,400.00 (Veintidos mil cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente; a ser destinados en las actividades propias del proximo XI Concurso Nacional de Marinera Nortena "Ciudad de Miraflores 2014", organizado por la Municipalidad de Miraflores; Que, la Gerencia de Cultura y Turismo mediante Memorando N° 296-2014-GCT/MM de fecha 25 de MORDAZA de