Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

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GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de activos no financieros PRODUCTO ACTIVIDAD 1 814 750,00

Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, referido a la prohibicion de recibir credito presupuestario alguno o transferencias financieras con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios"; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos para atender el requerimiento senalado en el considerando precedente no ha sido previsto en el presupuesto institucional del pliego 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas, a favor del citado pliego, hasta por la suma total de OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 282 349,00); De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 282 349,00) a favor del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE, para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

3000001 : Acciones Comunes 5004079 : Investigacion, difusion y orientacion para mejorar las contrataciones publicas 1 144 725,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de activos no financieros ACTIVIDAD

5004081 : Mantenimiento e implementacion de sistemas de las contrataciones publicas 3 527 400,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de activos no financieros

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de activos no financieros TOTAL PLIEGO 059 TOTAL EGRESOS 1 795 474,00 --------------------8 282 349,00 ============ 8 282 349,00 ============

Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 8 282 349,00 ------------------8 282 349,00 ========== En Nuevos Soles : Gobierno Central 059 : Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado 001 : Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de agosto del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

las las

1121443-2

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios PROGRAMA PRESUPUESTAL PROYECTO 0034 : Contrataciones Publicas Eficientes 2028040 : Modernizacion del Sistema de Adquisiciones y Contrataciones del Estado para mejorar su eficiencia a nivel nacional

Aprueban Directiva Nº 004-2014EF/51.01 "Metodologia para el reconocimiento y medicion de instrumentos financieros derivados de las entidades gubernamentales"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-2014-EF/51.01
MORDAZA, 4 de agosto de 2014