Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Vista la Hoja de Tramite (GAC) N° 4150, de fecha 25 de MORDAZA de 2014, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; y, el Memorandum (DAE) N° DAE0991/2014, de fecha 25 de MORDAZA de 2014, de la Direccion General para Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Habiendose suscrito el 28 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, el Acta de Adhesion al "Acuerdo sobre Exencion de Traduccion de Documentos Administrativos para efectos de Inmigracion entre los Estados Partes del MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile"; De conformidad con lo establecido en el articulo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de MORDAZA de 2009; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, de 21 de MORDAZA de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En via de regularizacion, delegar en la persona de la senora Embajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General para Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, las facultades suficientes para que suscriba el Acta de Adhesion al "Acuerdo sobre Exencion de Traduccion de Documentos Administrativos para efectos de Inmigracion entre los Estados Partes del MERCOSUR, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile". Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes, en via de regularizacion, correspondientes a la senora Embajadora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General para Asuntos Economicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

1121438-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 034-2014-RE
Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 034-2014-RE, publicado en la edicion del dia 1 de agosto de 2014. "DICE:

DECRETO SUPREMO Nº 034-204-RE"
"DEBE DECIR:

DECRETO SUPREMO Nº 034-2014-RE" 1121439-1

SALUD
Autorizan el viaje de profesionales de la DIGEMID a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2014-SA
MORDAZA, 8 de agosto del 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y

Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer politicas, y dentro de su ambito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley, implementando un sistema de administracion eficiente sustentado en estandares internacionales; Que, el articulo 11º de la acotada Ley senala que el Certificado de Buenas Practicas de Manufactura emitido por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud, como Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripcion y reinscripcion de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo el articulo 22º de la acotada Ley dispone que las personas naturales o juridicas, publicas y privadas que se dedican para si o para terceros a la fabricacion, la importacion, la distribucion, el almacenamiento, la dispensacion o el expendio de productos farmaceuticos, dispositivos medicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Practicas de Laboratorio, de Distribucion, de Almacenamiento, de Dispensacion y de Seguimiento Farmacoterapeutico y demas aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, segun corresponda, y contar con la certificacion correspondiente en los plazos que establece el Reglamento; Que, la Directiva Administrativa Nº 165-MINSA/ DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura en laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolucion Ministerial Nº 737-2010/MINSA, senala en el numeral 6.1 de las Disposiciones Especificas que, el Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud, a traves de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, otorga la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricacion de Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoria para verificar su cumplimiento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certificacion de laboratorios extranjeros, estos abonaran en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, mas la cantidad que se defina en una Pre Liquidacion que incluya los costos de pasajes y viaticos para el personal que realizara dicha certificacion; Que, de acuerdo a lo senalado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud en la Nota Informativa Nº 291-2014-DIGEMIDDG-DCVS-ECVE/MINSA, la Empresa LABORATORIOS D.A. MORDAZA S.A.C., ha solicitado la Certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Certificacion de Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) de los Laboratorios EUROFARMA LABORATORIES S.A. (ITAPEVI) y MOMENTA FARMACEUTICA LTDA. (FREGUESIA DOO), ubicados en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, senalando que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) para las certificaciones senaladas, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viaticos; Que, segun lo informado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, la inspeccion solicitada para la obtencion del Certificado de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), se llevaran a cabo del 11 al 22 de agosto de 2014; Que, con Memorando Nº 1792-2014-OGA/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, informa que el viaje que realizaran del 10 al 23 de agosto de 2014, las Quimico Farmaceuticas MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Otarola y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, para realizar la inspeccion solicitada, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud para pasajes en tarifa economica, asi como viaticos para doce