Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2014 (09/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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cumplimiento de la Hoja de Ruta para la Implantacion de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud, que aprueba la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp Registrase comuniquese, publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 9 de agosto de 2014

1120637-1

Disponen la prepublicacion del proyecto de Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL N° 597-2014/MINSA
MORDAZA, 7 de agosto de 2014 Visto, el Expediente N° 14-077030-001, que contiene el Oficio N° 00146-2014-SUSALUD/SUP, de la Superintendencia Nacional de Salud; CONSIDERANDO:

Articulo 1.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectue la prepublicacion del proyecto de Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud- SUSALUD, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica de normas legales http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa.gob.pe/portada/ docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, durante el plazo de diez (10) dias calendario, a traves del correo webmaster@minsa.gob.pe. Articulo 2.- Encargar a la Superintendencia Nacional de Salud- SUSALUD, la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

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Aprueban el documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud" y las "Fichas Tecnicas de los procesos de nivel cero del Ministerio de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 598-2014/MINSA
MORDAZA, 8 de agosto del 2014

Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, senala que la proteccion de la salud es de interes publico y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, asimismo, el numeral VI del Titulo Preliminar de la precitada Ley establece que es de interes publico la provision de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institucion que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el Decreto Legislativo N° 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, tiene por objeto disponer las medidas destinadas al fortalecimiento de las funciones que actualmente desarrolla la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones MORDAZA otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la financie, sustituyendo asimismo su denominacion por la de Superintendencia Nacional de Salud; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Final del precitado Decreto Legislativo establece que mediante Decreto Supremo se aprobara el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, el numeral 3 del articulo 13 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo dispone que los proyectos de reglamento se publican en el MORDAZA electronico respectivo y por no menos de cinco (5) dias calendario, para recibir aportes de la ciudadania, cuando asi lo requiera la Ley; Que, mediante el documento del visto, se eleva la propuesta de Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de instituciones publicas o privadas, asi como de la ciudadania en general; Estando a lo propuesto por la Superintendencia Nacional de Salud; Con el visado de la Superintendente de la Superintendencia Nacional de Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud;

Visto, el Expediente N° 14-077933-001, que contiene el Informe N°0116-2014-OGPP-OO/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, teniendo, entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadania, que cuente con MORDAZA efectivos de participacion ciudadana, y que sea transparente en su gestion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprobo la Politica Nacional de la Gestion Publica, que en el numeral 3.2 "Pilares centrales de la Politica de Modernizacion de la gestion publica", establece que la gestion por procesos debe implementarse paulatinamente en todas las entidades, para que brinden a los ciudadanos servicios de manera mas eficiente y eficaz y logren resultados que los beneficien. Para ello deberan priorizar aquellos de sus procesos que MORDAZA mas relevantes de acuerdo a la demanda ciudadana, a su Plan Estrategico, a sus competencias y los componentes de los programas presupuestales que tuvieran a su cargo, para luego poder organizarse en funcion a dichos procesos; Que, la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley N° 30057, establece en su Tercera Disposicion Complementaria Transitoria, que las entidades publicas que transiten al regimen del Servicio Civil, deberan efectuar un analisis situacional, que comprenda un mapeo de puestos de la entidad y el analisis de los principales servicios que presta la entidad y su carga de trabajo; A su vez, mediante el numeral 2 de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE, se aprobaron los "Lineamientos para el MORDAZA de una entidad publica al Regimen del Servicio Civil, Ley 30057", documento que precisa que la finalidad del Analisis situacional de la entidad en reconocer la situacion actual de la entidad en lo referente a procesos y puestos e identificar las oportunidades de mejora pertinentes; Asimismo, el numeral 3 del precitado documento senala que corresponde a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros proveer las metodologias y herramientas necesarias en lo referido a procesos;