Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2020 (24/09/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de setiembre de 2020 /

El Peruano

- 01 (un) representante de la Gerencia de Administración y Finanzas, quien lo presidirá. - 01 (un ) representante de la Subgerencia de Transito y Trasporte - 01 (un) representante de la Subgerencia de Inspección y Control de Sanciones. 8.6. Sobre la puesta propietario del vehículo en conocimiento del

El acto de disposición será puesto en conocimiento del propietario del vehículo a la dirección que se encuentre consignada en el expediente o de ser el caso en su Documento Nacional de Identidad, indicándosele que puede formular observaciones dentro del plazo de 03 (tres) días calendario de notificada la misma. 8.7. Convocatoria del Acto de Subasta La Comisión convocará a subasta, fijando el día, la hora, el lugar y consignando al Martillero Público hábil, que se encargará de llevar a cabo el proceso. 8.8. Retribución del martillero Los honorarios del Martillero Público se determinarán de acuerdo al siguiente arancel: El 5% más IGV, sobre el precio por el que se adjudicó el bien teniendo como tope máximo hasta 25 UIT; el pago de la comisión estará a cargo del comprador. El Martillero Público cobrará el Impuesto General a las Ventas, solo en caso que corresponda a las normas tributarias. El adjudicatario deberá realizar el pago al Martillero Público en el mismo Acto de Subasta. 8.9. Publicidad La convocatoria se publicará en el Diario Oficial "El Peruano" y en el diario de mayor circulación del Distrito, por un día. Además de la publicación del anuncio, deben colocarse avisos de la Subasta en la Plataforma de Atención al Contribuyente en un lugar visible y en la página Web de la Municipalidad. La publicidad de la subasta no puede omitirse, aunque medie renuncia del ejecutado, bajo sanción de nulidad y responsabilidad de la Comisión. 8.10. Contenido del aviso En el aviso de remate se debe expresar: a.) Los nombres y apellidos del (los) propietario (s) partes y terceros legitimados; b.) El vehículo a subastar, placa, marca y año de fabricación; c.) El precio base; d.) El lugar, día y hora del remate; e.) El porcentaje que el adjudicatario debe dejar en custodia al personal de tesorería, y la oportunidad de pago total (hasta 24 horas del Acto de Subasta); f. )El nombre de los integrantes de la Comisión; g.) El carácter obligatorio del pago del Martillero a cargo de la persona que resulte beneficiaria de cada lote, precisándose que la acreditación del pago del Martillero, constituye un requisito para la entrega del vehículo y que dicho pago debe efectuarse en el mismo Acto de Subasta. h.) El cronograma de la subasta. 8.11. Requisito para ser postor El único requisito para ser postor de la subasta es haber adquirido las bases en la Subgerencia de Tesorería de la Municipalidad. El ejecutado no puede ser postor en la subasta. 8.12. Acto de Subasta Pública a) El acto se inicia a la hora señalada con la lectura de la relación de vehículos y condiciones del remate, prosiguiéndose con el anuncio del funcionario de los postores a medida que se efectúen.

b) Se lee el precio base de cada vehículo; c) Cuando la subasta comprenda más de un vehículo, se preferirá a quien ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales. d) La comisión adjudicará el bien al que haya hecho la postura más alta, después de un doble anuncio del precio alcanzado sin que sea hecha una mejor, con lo que el remate del bien queda concluido. e) El adjudicatario depositará en las cajas de la entidad, la suma equivalente al 30% del precio adjudicado de cada vehículo como mínimo. 8.13. Acta de subasta Concluido el acto, el Martillero, extenderá acta del mismo, la que contendrá: a) Lugar, fecha y hora del acto; b) Nombre del ejecutante (Municipalidad), del tercero legitimado y del ejecutado; c) Nombre del postor y las posturas efectuadas; d) Nombre del adjudicatario; y e) La cantidad obtenida. El acta será firmada por el Martillero, la Comisión de Subasta y por el adjudicatario. El acta de la Subasta se agregará al expediente. 8.14. Acta de adjudicación Una vez concluido el proceso se entregará este documento al adjudicatario junto con el vehículo. 8.15. Nulidad de la subasta La nulidad de la subasta sólo procede interponerla frente al incumplimiento del presente reglamento, siendo el plazo para la misma de 03 (tres) días de realizado el acto. 8.16. Destino del dinero obtenido El pago total por cada lote se efectuará en caja de la entidad, en el mismo día de la subasta. El destino del dinero servirá para cancelar las multas que originaron el procedimiento sancionador debiéndose tener en consideración las deducciones y los gastos ocasionados. El vehículo será entregado en el local del Área de Internamiento Vehicular, siempre y cuando se acredite el pago total y el pago al Martillero, disponiéndose como plazo máximo para su retiro 48 horas de efectuado el Acto de Subasta. Transcurrido este, la Municipalidad de San Miguel cobrará derechos por concepto de guardianía y los que correspondan. 8.17. Incumplimiento del adjudicatario. Si el precio total del remate del bien mueble no es depositado dentro del plazo legal, (48 horas), la comisión declarará el abandono del remate y podrá convocar una subasta restringida. En este caso, el adjudicatario pierde la suma depositada, la que servirá para cubrir los gastos del remate frustrado y la diferencia, si la hubiere, será considerada como una penalidad a favor de la Municipalidad. IX PROCEDIMIENTO DE DISPOSICIÓN MEDIANTE SUBASTA RESTRINGIDA 9.1. Sobre el procedimiento Mediante Resolución de Gerencia Municipal, se dispone la subasta restringida en el supuesto establecido en el literal a) del numeral 7.2 del presente reglamento notificando al comité sobre esta decisión. En los supuestos de los literales b) y c), el comité, dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes de realizada la subasta pública informará a la Gerencia Municipal, el estado de los lotes abandonados y/o desiertos para la aprobación de la Subasta restringida.