Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2020 (22/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de julio de 2020 /

El Peruano

Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario respecto de su oferta académica existente con una vigencia de seis (6) años. Mediante Informe N° 049-2020-SUNEDU-02-12 del 3 de abril de 2020, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificar la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD. 2. Sobre la rectificación de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el presente caso, de la revisión de los Formatos de Licenciamiento A4 y A5 y del Plan de Estudios del programa académico de Negocios Globales1, presentados por la Universidad el 3 de octubre de 20172, en el marco de su procedimiento de licenciamiento institucional, se verificó que la denominación del título profesional de dicho programa difiere de lo consignado en la Tabla N° 01 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD, de acuerdo al siguiente detalle: - Se consignó como denominación del título profesional "Administrador en Negocios Globales", siendo que la Universidad declaró la denominación del título profesional como "Licenciado en Negocios Globales". En ese sentido, se corrobora la necesidad de rectificar la Tabla N° 01 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD, en los siguientes términos: TABLA N° 01 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL FABIOLA SALAZAR LEGUÍA DE BAGUA PROGRAMAS ACADÉMICOS QUE SE OFRECE EN SU LOCAL DICE:
DENOMINACIÓN DENOMINACIÓN DEL N° DEL PROGRAMA GRADO ACADÉMICO DE ESTUDIOS QUE OTORGA 3 NEGOCIOS GLOBALES BACHILLER EN NEGOCIOS GLOBALES TÍTULO QUE OTORGA ADMINISTRADOR EN NEGOCIOS GLOBALES CÓDIGO DE LOCAL SL01

SE RESUELVE: Primero.- RECTIFICAR la Tabla N° 01 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, de acuerdo con el siguiente detalle: TABLA N° 01
DENOMINACIÓN DENOMINACIÓN DEL N° DEL PROGRAMA GRADO ACADÉMICO DE ESTUDIOS QUE OTORGA 3 NEGOCIOS GLOBALES BACHILLER EN NEGOCIOS GLOBALES TÍTULO QUE OTORGA LICENCIADO EN NEGOCIOS GLOBALES CÓDIGO DE LOCAL SL01

Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fines correspondientes. Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente (e) del Consejo Directivo de la Sunedu

1

2

El Plan de Estudios del programa académico de Negocios Globales fue aprobado mediante Resolución N° 166-2017-UNIFSL-B/CO del 20 de septiembre de 2017. Con RTD Nº 35226-2017-SUNEDU-TD.

1872416-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
CÓDIGO DE LOCAL SL01

DEBE DECIR:
DENOMINACIÓN DENOMINACIÓN DEL N° DEL PROGRAMA GRADO ACADÉMICO DE ESTUDIOS QUE OTORGA 3 NEGOCIOS GLOBALES BACHILLER EN NEGOCIOS GLOBALES TÍTULO QUE OTORGA LICENCIADO EN NEGOCIOS GLOBALES

Declaran la Nulidad del acto de notificación del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0042020-MDCH/CM, dirigido a Regidora del Concejo Distrital de Chilcas, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN Nº 0122-2020-JNE Expediente Nº JNE.2020024440 CHILCAS - LA MAR - AYACUCHO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecisiete de febrero de dos mil veinte. VISTO el Oficio Nº 041-2020-MDCH-LM-VRAEM/A, recibido el 10 de febrero de 2020, remitido por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilcas, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho, mediante el cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a la vacancia de Maribel Torres Curo, al cargo de regidora de dicha comuna edil, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones de concejo municipal

Tomándose en cuenta lo señalado, corresponde rectificar la Tabla N° 01 del Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 095-2018-SUNEDU/CD, debiendo tenerse como correcta la información de la Tabla N° 01 de la presente resolución. En virtud de lo expuesto, conforme con lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 014-2020.