Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2020 (22/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 22 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior Que, resulta necesario designar al profesional que asuma el mencionado cargo de confianza; Con la visación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Carlos Elías Rodríguez Pajares en el cargo público de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ Ministro del Interior 1872596-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban "Formatos referenciales para queja o denuncia por hostigamiento sexual en el sector público y privado" y su respectivo instructivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2020-MIMP Lima, 17 de julio de 2020 Vistos, el Informe Nº D000179-2020-MIMP-DPVLV, el Informe Nº D000197-2020-MIMP-DPVLV, el Informe Nº D000241-2020-MIMP-DPVLV y el Proveído Nº D0002692020-MIMP-DPVLV de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia; la Nota Nº D000230-2020-MIMPDGCVG, la Nota Nº D000250-2020-MIMP-DGCVG, el Memorándum Nº D000287-2020-MIMP-DGCVG y el Proveído Nº D000939-2020-MIMP-DGCVG de la Dirección General Contra la Violencia de Género; el Informe Nº D000042-2020-MIMP-OMI, Informe Nº D000067-2020MIMP-OMI y el Informe Nº D000069-2020-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; la Nota Nº D000118-2020-MIMP-OGPP, Memorándum Nº D0004082020-MIMP-OGPP y el Memorándum Nº D000451MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000116-2020-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a la vida, a la identidad, a la integridad moral, psíquica y física y al libre desarrollo y bienestar; y el numeral 2 del mencionado artículo dispone que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que nadie puede ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión condición económica o de cualquier otra índole; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y modificatorias, dispone que tiene por objeto prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma jurídica de esta relación e igualmente, cuando se presente entre personas con prescindencia de jerarquía, estamento, grado, cargo, función, nivel remunerativo o análogo; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1410, Decreto Legislativo que incorpora el Delito de Acoso, Acoso Sexual, Chantaje Sexual y Difusión de Imágenes, Materiales Audiovisuales o Audios con Contenido Sexual al Código Penal, y modifica el Procedimiento de Sanción del Hostigamiento Sexual; se modifica la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, cuya Única Disposición Complementaria Final dispone que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo, apruebe un nuevo Reglamento de la mencionada Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-MIMP, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27942, en cuyo artículo 2 se establece que es aplicable a las situaciones de hostigamiento sexual producidas en el marco de una relación laboral, educativa o formativa, pública o privada, militar o policial, o a cualquier otro tipo de relación de sujeción, sin importar el régimen contractual, fórmula legal o lugar de ocurrencia de los hechos, en concordancia con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 27942; Que, además, en el artículo 12 del mencionado Reglamento se dispone que que las instituciones informan y difunden, de manera pública y visible, los canales de atención de quejas o denuncias, internos y externos, que permitan enfrentar los casos de hostigamiento sexual. Asimismo, ponen a disposición del público los

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Asesor II - Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0188-2020-JUS Lima, 21 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor II ­ Nivel F-5, Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Con el visto bueno de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jorge Luis León Vásquez, en el cargo de confianza de Asesor II ­ Nivel F-5, Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1872407-1