Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2019 (10/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 10 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Aprueban el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota - Urubamba, adecuado al Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 129-2019-ANA Lima, 9 de julio de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 03-2019-ANA-CRHCIVU/PRESIDENCIA del presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota - Urubamba; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 24º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos establece que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2018-MINAGRI se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota-Urubamba; Que, el artículo 6º del citado Decreto Supremo, refiere que una vez concluida la etapa de implementación, el citado Consejo de Cuenca cumplirá en su ámbito las funciones señaladas en el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG y el Reglamento de Organización y Funciones de esta Autoridad, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; Que, mediante Oficio del visto, el presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota-Urubamba alcanza el Reglamento Interno adecuado al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, así como los instrumentos de gestión necesarios para el adecuado funcionamiento del Consejo de Cuenca, y solicita su aprobación; Que, la Dirección de Planificación y Desarrollo de las Recursos Hídricos a través del Informe Nº 026-2019-ANA-DPDRH-UPRH/VROC concluye que las observaciones a los seis instrumentos de gestión han sido absueltas, las que comprende: i) Reglamento Interno de Funcionamiento de la Secretaria Técnica; ii) Plan de Implementación y funcionamiento dela Secretaria Técnica; iii) Lineamientos para emitir opinión del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca en los casos previstos en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento; iv) Plan de Fortalecimiento de Capacidades de los Integrantes del Consejo; v) Criterios para la Conformación y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo del Consejo y vi) Plan de Seguimiento para el Desempeño Sostenible del Consejo y que han sido validados y visados por los integrantes del CRHCI V-U y recomienda que se emita la Resolución Jefatural de conclusión de la implementación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional VilcanotaUrubamba; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que apruebe el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota-Urubamba, declarar concluida su etapa de implementación y disponer el inicio de la etapa de funcionamiento; Estando a lo opinado por la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua;

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota-Urubamba, adecuado al Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar concluida la etapa de implementación, y disponer el inicio de la etapa de funcionamiento del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Vilcanota-Urubamba, para que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2018-MINAGRI, ejerza las funciones establecidas en el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-2010AG y el Reglamento de Organización y Funciones de esta Autoridad, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI. Artículo 3.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el reglamento aprobado mediante el artículo precedente en el portal electrónico de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1787117-1

Designan Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 131-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 9 de julio de 2019 VISTO: El documento que contiene la Carta de Renuncia de fecha 09 de julio de 2019, del Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 025-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 07 de febrero de 2019, se designó al Economista Juan Antonio Laos Estupiñan, en el cargo de Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y designar a su reemplazante; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por el Economista Juan Antonio Laos Estupiñan al cargo de Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.