Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2019 (10/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24

NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de julio de 2019 /

El Peruano

Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OGAJ, denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación", aprobada por la Resolución Ministerial N° 520-2013-ED, la misma que ha sido derogada por el artículo 2 de la Resolución de Secretaría General N° 073-2019-MINEDU, que a su vez, mediante su artículo 3 aprueba la Directiva N° 005-2019-MINEDU/SPEOPEP-UNOME, denominada "Elaboración, aprobación y derogación de actos resolutivos, así como elaboración y modificación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Educación"; Que, en este nuevo marco normativo, el Informe N° 781-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Inducción Docente 2019", la misma que unifica las disposiciones contenidas en la Norma Técnica aprobada por Resolución Viceministerial N° 047-2019-MINEDU con los procedimientos, criterios y condiciones necesarias para regular la ejecución del Programa de Inducción Docente por parte del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico y las responsabilidades de los diferentes actores en el marco de su implementación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Inducción Docente 2019", la misma que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 047-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el año 2019". Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1786671-1

INTERIOR
Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior
DECRETO SUPREMO N° 014-2019-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1266, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, otorgándole competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público, así como la competencia compartida en materia de seguridad ciudadana y señalando su rectoría sobre el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2017IN se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio del Interior, a través del cual se establece su estructura orgánica, así como las funciones de los órganos y unidades orgánicas que lo conforman; Que, con Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, los cuales tienen por objeto regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; con la finalidad de que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, se modifican diversos artículos del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del MININTER; Que, en tal sentido, es necesario adecuar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior en atención a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1451; asimismo, se debe modificar la estructura del referido instrumento de gestión, de conformidad con los Lineamientos de Organización del Estado aprobados con Decreto Supremo N° 054-2018PCM que disponen la adecuación de los reglamentos de organización y funciones en dos secciones: Sección Primera que contiene las funciones y órganos hasta segundo nivel a aprobarse con un Decreto Supremo y la Sección Segunda que contiene las funciones de las unidades orgánicas (tercer nivel) a aprobarse con Resolución Ministerial del titular de la entidad; Que, la presente propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior se encuentra en el marco de lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado; y, cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto