Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2019 (10/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de julio de 2019 /

El Peruano

Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que "Crea el Grupo Técnico para la Elaboración de la Estrategia y Plan de Acción de la Diversidad Biológica de la Región Cusco"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305 establece que "Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones", que es delimitada por los Artículos 8º y 9º, numeral 3) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, en donde la autonomía económica, es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto, su ejercicio supone reconocer el derecho a pedir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencia. Ello concordante por lo dispuesto por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el artículo 2º señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica en asuntos de su competencia y constituye un pliego presupuestal para su administración económica y financiera; Que, el Art. 68º de la Constitución Política del Estado establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades en materia ambiental, entendiendo que, "la gestión ambiental es un proceso permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y actividades, orientando a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental y alcanzar así (...) la conservación del patrimonio ambiental y natural del país; Que, el Artículo 61º de la Ley Nº 28611, precisa que los Gobiernos Regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del Gobierno Regional; Que, el Artículo 3º y 4º del D.S. Nº 008-2005-PCM Reglamento de la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, nos precisa que la Política Nacional Ambiental constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de aplicación de carácter público, y establece como su objetivo el "mejoramiento continuo de la calidad de vida de las personas, mediante la protección y recuperación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, garantizando la existencia de ecosistemas viables y funcionales en el largo plazo"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM se aprueba la Política Nacional del Ambiente, en el que, establece cuatro ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental, entre ellos el Eje de Política sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica, que entre otras cosas comprende la acción de "Impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de

alianzas público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad", conjuntamente que la Política Regional del Ambiente, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 035-2012-CR/GRC.CUSCO, prioriza lineamientos de política consistentes en: Diversidad Biológica; Bio-Seguridad, registro de patentes y propiedad intelectual colectiva; y, Bio-Comercio solidario; Que, con Decreto Regional Nº 004-2012-GR. CUSCO/PR, el Gobierno Regional Cusco crea la "Comisión Regional de Biodiversidad y Protección del Patrimonio Bio-Cultural de la Región Cusco", y con Ordenanza Regional Nº 048-2008-CR/GRC. CUSCO regula las actividades de acceso a recursos genéticos en los territorios tradicionales de las comunidades campesinas y nativas en la Región Cusco, la que se instaló mediante acta de reunión de fecha 2 de octubre de 2014, conformándose el Grupo Técnico para la Elaboración de la Estrategia Regional de Diversidad Biológica mediante acta de reunión de fecha 02 de octubre del 2014, el que se instaló mediante Acta de Asamblea en fecha 10 de marzo de 2017, el Grupo Técnico para la Elaboración de la Estrategia y Plan de Acción Regional de Diversidad Biológica de la Región del Cusco, aprobado por Resolución Gerencial General Regional Nº 131-2017-GR CUSCO/GGR; Que, mediante Informe Nº 282-2016-GR CUSCO/ GR.RNGMA/SGRN/EGG de fecha 26 de diciembre del 2016, del Jefe del Proyecto de Agrobiodiversidad e Informe Nº 051-2016-GR-CUSCO/GRRNGMA-SGRNPFCLCCN-JFV de fecha 26 de diciembre del 2016, del Especialista en Gestión de Diversidad respectivamente, remiten Acta de la "Comisión Regional de Biodiversidad y Protección del Patrimonio Biocultural de la Región Cusco", en el que participó representantes de las instituciones públicas y privadas que integran la "Comisión". Habiendo la representante del Ministerio del Ambiente (MINAM), [...] que el Gobierno Regional Cusco, debe declarar como prioridad la elaboración de la [Estrategia Regional de Biodiversidad] ERB de la Región Cusco, mediante una ordenanza regional [resolución presidencial u otro documento de rango]. De otra parte, indicó como parte de la metodología establecida para el desarrollo del proceso de la Estrategia Regional de Biodiversidad (ERB), que es necesario construir la institucionalidad y conformar el "Grupo Técnico Regional de Biodiversidad" [...]"; Que, la Comisión Regional de Biodiversidad y Protección del Patrimonio Biocultural de la Región Cusco, acuerda conformar el Grupo Técnico para la Elaboración de la Estrategia Regional de Diversidad Biológica, con el fin de elaborar un instrumento de Gestión Ambiental que coadyuve a evitar y prevenir la disminución, pérdida y deterioro de la Diversidad Biológica Regional e incrementar su aporte al desarrollo de la Región Cusco, haciendo efectivas las Ordenanzas Regionales y demás normativas, sanciones; estableciéndose, además, como Política de Estado y eje de articulación entre todos los niveles de Gestión Pública y Privada y que el Informe Técnico Nº 015-2018-GR-CUSCO/GR.RNGMA/ABG. KJFH de la abogado de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, concluye que la ESTRATEGIA Y PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA tiene como ámbito de intervención, influencia e implementación en la Región Cusco que involucra las 13 provincias: La Convención, Calca, Urubamba, Anta, Paruro, Cusco, Acomayo, Paucartambo, Quispicanchis, Canchis, Canas, Espinar y Chumbivilcas, la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional permitirá que se desarrolle las acciones para la recuperación y conservación de especies nativas y ecosistemas naturales, así como la disminución de la pérdida y deterioro de la diversidad biológica; Que, estando al Informe Nº 358-2018-GR CUSCO/ ORAJ, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opinando por la procedencia de la tramitación ante el Consejo Regional para su aprobación de la Ordenanza Regional que crea el "GRUPO TÉCNICO PARA LA ELABORACIÓN DE LA ESTRATEGIA Y PLAN DE ACCIÓN DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA DE LA REGIÓN CUSCO";