Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2019 (10/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 10 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0222017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Frank Renato Casas Sulca, Asesor II del Observatorio Peruano de Drogas (OPD) de la Dirección de Asuntos Técnicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 10 al 13 de julio de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán asumidos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos (US$ 370.00 x 2) : : US$ US$ 756.18 740.00

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1787150-5

Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que crea el procedimiento administrativo denominado "Ficha Técnica Ambiental para los Proyectos de Inversión de Siembra y Cosecha de Agua", su Exposición de Motivos y su Anexo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0231-2019-MINAGRI Lima, 5 de julio de 2019 VISTOS: El Memorando N° 521-2019-MINAGRI-DVDIARDGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, el Informe Legal N° 699-2019-MINAGRI-SG/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048, dispone que este Ministerio, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, es el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria, cuyo objetivo principal es lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional; asimismo, se establece como uno de sus objetivos específicos gestionar los recursos naturales y la diversidad biológica de competencia del sector agrario en forma sostenible; Que, la siembra y cosecha de agua son proyectos, independientes o conjuntos, que permiten mejorar la interceptación y retención de las aguas de las precipitaciones y/o su escorrentía superficial, su almacenamiento y regulación dentro del suelo, subsuelo y/o acuíferos, así como en cuerpos superficiales, cuyo propósito principal es la recarga hídrica y su finalidad es mejorar la oferta hídrica agraria; la siembra de agua es toda intervención independiente o sistémica para la recarga hídrica al suelo, subsuelo, y/o acuíferos mediante infraestructuras para retener, almacenar e infiltrar la escorrentía proveniente de las precipitaciones; asimismo, la cosecha de agua es la intervención independiente o sistémica orientada al uso del recurso hídrico captado o no del proceso de la siembra de aguas; Que, los proyectos de inversión que se sujetan al proceso de evaluación del impacto ambiental se encuentran señalados en el Listado de Inclusión de los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), comprendidos en el Anexo II del Reglamento de la Ley

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1787145-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2019-MINAGRI Lima, 9 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo cual resulta necesario designar a Ia persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Jorge Luis Maicelo Quintana, en el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, del Ministerio de Agricultura y Riego.