Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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CONSIDERANDO

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de agosto de 2019 /

El Peruano

Que, el contribuyente ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº ___-2019-MDMM, Que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, en aplicación del artículo 8º, 18º, 19º y 20º de la Ordenanza Municipal Nº ___-2019-MDMM, Que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Magdalena del Mar, el contribuyente ha cumplido con poner a disposición de esta entidad edil _________ _______________________________ en calidad de garantía para el cumplimiento de la obligación; Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del dispositivo legal mencionado en el párrafo precedente, así como del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de este gobierno local; SE RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el (fraccionamiento y/o aplazamiento) de pago de la deuda tributaria solicitado por _____________________ _______________, según lo detallado a continuación:
TRIBUTO AÑO PERÍODO(S) INSOLUTO EMISIÓN REAJUSTE INTERÉS

y la Resolución de Fraccionamiento y/o aplazamiento Nº ____-20__-SGRCEC-GATR-MDMM, de fecha _______________; y, CONSIDERANDO Que, según el Informe Nº ___-20__, emitido por el profesional encargado de la realización de los convenios de fraccionamiento de deuda tributaria y no tributara; en el cual, da cuenta que el contribuyente ____________________________, con código_______ y domicilio fiscal en _____________________________, ha incurrido en una causal de pérdida del Beneficio de Fraccionamiento; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Municipal Nº ___-2019-MDMM, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, establece que son causales de pérdida de fraccionamiento y/o aplazamiento: 15.1 Falta de pago de dos cuotas alternadas o consecutivas del fraccionamiento y/o aplazamiento. Se atiende por falta de pago al incumplimiento total o parcial de la cuota correspondiente.15.2 La falta de pago de la última cuota de fraccionamiento.15.3 No otorgar, no formalizar, no sustituir, renovar o no mantener las garantías en la forma y plazo establecido en el presente Reglamento; Que, de la revisión de la Resolución de Fraccionamiento y/o Aplazamiento Nº __-20__-SGRCEC-GATR-MDMM, se tiene que el contribuyente fraccionó y/o aplazo su deuda de la siguiente manera:
TRIBUTO AÑO PERÍODO(S) INSOLUTO EMISIÓN REAJUSTE INTERÉS

Artículo Segundo.- ESTABLECER las condiciones del fraccionamiento y los plazos para el pago de las cuotas, los cuales serán detallados a continuación: Tasa de Interés Moratorio (TIM) : Tasa de Interés de Fraccionamiento (TIF) : Monto de la Deuda a Fraccionar : Cuota Inicial : Saldo de la Deuda a Fraccionar : Número de Cuotas aprobadas : CRONOGRAMA DE PAGOS
Nº DE INTERÉS DE TOTAL DE FECHA DE CUOTAS FRACCIONAMIENTO CUOTAS VENCIMIENTO TOTAL S/ AMORTIZACIÓN

Nº DE INTERÉS DE TOTAL DE FECHA DE CUOTAS FRACCIONAMIENTO CUOTAS VENCIMIENTO TOTAL S/

AMORTIZACIÓN

Que, en ese sentido, se tiene el siguiente detalle de saldo:
Nº DE FECHA DE MONTO CUOTA VENCIMIENTO INTERÉS DE MONTO INTERÉS FRACCIOACTUAMORATORIO NAMIENTO LIZADO CUOTA ÚNICA DE PAGO S/

Artículo Tercero.­ DISPONER que, en caso de incumplimiento del pago de las cuotas de fraccionamiento, se aplicará lo establecido en los artículos 9º y 11º de la Ordenanza Municipal Nº ___-2019-MDMM, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _______________________________________________ Subgerente de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva

Que, las cuotas de amortización pendientes deberán ser actualizadas a la fecha de pago de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF y sus modificatorias; Que, la deuda detallada deberá ser cancelada dentro del plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución Administrativa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25º de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, vencido el plazo señalado y de no haber cumplido con el pago, la deuda será exigible coactivamente; Estando a las facultades conferidas por el artículo 16º de la Ordenanza Municipal Nº ___-20__-MDMM, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Magdalena del Mar. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Pérdida del Beneficio de Fraccionamiento y/o aplazamiento otorgado mediante Resolución de Fraccionamiento Nº __-20__-SGRCEC-GATR-MDMM. Artículo Segundo.- REMITIR el presente Acto Administrativo al Ejecutor Coactivo a fin de que se dé inicio de las acciones de cobranza coactiva, una vez transcurrido el plazo de veinte (20) días hábiles descrito en la parte considerativa. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución al Contribuyente, a fin de que cumpla con el pago de la deuda dentro de los plazos señalados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _______________________________________________ Subgerente de Recaudación, Control y Ejecutoría Coactiva 1797989-1

ANEXO III RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DEL BENEFICIO DE (FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO) Nº -20 -SGRCEC-GATR-MDMM Nombre o Razón Social : Código de Contribuyente : Teléfono : Domicilio Fiscal : Distrito : Fecha :

DNI/RUC/CE : email. :

VISTOS, la Solicitud de Fraccionamiento Nº ___-20__-SGRCECGATR-MDMM, de fecha ________________________, presentada por el contribuyente _______________________________, con código_________ y domicilio fiscal en __________________________,