Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de agosto de 2019 /

El Peruano

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En el Distrito de Iberia, Provincia de Tahuamanu, el día seis de junio del año dos mil diecinueve DANY YORK CELI WIESS Consejero Delegado Accesitario Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los diez días del mes de junio del año dos mil diecinueve. LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA Gobernador Regional 1798558-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora 400 - Región de Salud Tacna
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Tacna, mediante Oficio N° 2892019-GGR/GOB.REG.TACNA, recibido el 15 de agosto de 2019) ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2018-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha once de octubre de dos mil dieciocho, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley Nº 27783. Ley de Bases de la. Descentralización, en su artículo 8 Precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres Niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que la Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: "(...) a, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional: asimismo, en su artículo 39 prescribe: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional". Que, la Ley Nº 27658. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1 precisa: "Declarase al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencia, Entidades. Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano". Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM. publicada en el diario oficial "EI Peruano" de fecha 18 de mayo de 2018, que aprueba los Lineamientos de Organización

del Estado, en su artículo 43 sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, señala que: "Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia". Asimismo, en su artículo 45 sobre norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones señala: "(...) 45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: (...) b) Los Gobiernos Regionales y sus Organismos públicos Regionales, por Ordenanza Regional. (...)". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 021-2008-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 02 de diciembre de 2008, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, señala: "(...) Artículo PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Salud de Tacna (...) "Artículo SEGUNDO: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Red de Salud Tacna (...)." Que, mediante Ordenanza Regional Nº 045-2013CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de diciembre de 2013, establece: "Artículo PRIMERO: APROBAR la Modificación del artículo 10 y articulo 20 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud Tacna, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 021-2008-CR/GOB.REG.TACNA (...)". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 11 de noviembre de 2016, señala: "Artículo PRIMERO: MODIFICAR parcialmente el Reglamento de Organizacional y Funcional (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 021-2008-CR/GOB.REG.TACNA y modificado con la Ordenanza Regional Nº 045-2013-CR/ GOB.REG.TACNA, respecto de sus artículos 28 y 29 (...)". Que mediante Ordenanza Regional Nº 007-2017CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 13 de diciembre de 2017, se establece: "Artículo PRIMERO: APROBAR LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD EJECUTORA 402 ­ RED DE SALUD TACNA, hasta el tercer nivel organizacional, integrante del pliego presupuestario 460 ­ Gobierno Regional del Departamento de Tacna, el mismo que consta de cincuenta y tres (53) artículos, seis (06) Títulos, dos (02) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Transitoria y dos (02) Disposiciones Finales; y el ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, que en el anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional". Que, con Oficio Nº 328-2018-GGR-GR/GOB.REG. TACNA, de fecha 13 de agosto de 2018, emitido por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, solicita al Consejo Regional de I Gobierno Regional de Tacna la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud Tacna, para lo cual se adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, de la revisión del proyecto de modificación del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD EJECUTORA 400 ­ REGION DE SALUD TACNA, se puede apreciar que consta de treinta y dos (32) artículos, una (01) Sección, nueve (09) Títulos, tres (03) Disposiciones Complementarias y Transitorias, dos (02) Disposiciones Finales; y el ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL, que en el anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Que con el Memorando Nº 177-2018-EORG-DEPE/ DRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de Junio de 2018 emitido por la Dirección Ejecutiva de Planeamiento Estratégico; el Oficio Nº 1543-2018 EORG-DEPE-DR/ DRS.T/GOB.REG.TACNA de fecha 07 de junio de 2018 emitido por la Dirección Regional Sectorial de Salud Tacna; el Oficio Nº 1370-2018-SGDO-GRPPAT/GOB. REG.TACNA de fecha 20 de junio de 2018 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Informe Nº 1119-2018ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 06 de agosto de 2018 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica: el Oficio Nº 328-2018-GGR-GR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de agosto de 2018 emitido por la Gobernación Regional