Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de agosto de 2019 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de Asesora de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 281-2019-PCM Lima, 16 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2018PCM el Poder Ejecutivo dictó medidas para fortalecer la integridad pública y la lucha contra la corrupción, entre ellas, se dispuso la fusión del órgano denominado Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción en la Presidencia del Consejo de Ministros, creando así la Secretaría de Integridad Pública como órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como de desarrollar mecanismos e instrumentos para prevenir y gestionar los riesgos de la corrupción; Que, los días 18 y 19 de agosto de 2019, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, se llevará a cabo el "Taller APEC de Desarrollo de Capacidades para Agentes del Orden Público para investigar la Responsabilidad Individual y Corporativa en Sobornos Nacionales y Extranjeros", que tiene como objetivo el intercambio de experiencias y buenas prácticas en temas relacionados a la lucha contra la corrupción; Que, el evento se presenta como un espacio en el cual funcionarios y servidores públicos de los países miembros de APEC, así como representantes de empresas privadas, puedan compartir experiencias y recomendaciones, logrando una asistencia legal mutua para el seguimiento e implementación de políticas de lucha contra la corrupción; Que, el evento se desarrollará a través de conferencias y grupos de trabajo en los cuales se abordarán temas específicos tales como las pautas anticorrupción del Banco Mundial de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la aplicación de programas de buenas prácticas, esfuerzos de aplicación de políticas económicas para proporcionar incentivos a las empresas para que se adopten programas de cumplimiento y otras herramientas anticorrupción, entre otros; Que, en ese contexto, debido a que los temas que se abordarán en el evento se encuentran directamente relacionados con las funciones de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Mariella Lenkiza Valcarcel Angulo, Asesora de la Secretaría de Integridad Pública, a la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, a fin que asista al citado evento; Que, adicionalmente, la participación en el citado evento de la señora Mariella Lenkiza Valcarcel Angulo, Asesora de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, coadyuvará a propiciar espacios importantes de coordinación e intercambio de experiencias a nivel regional para el combate de la corrupción y el fortalecimiento de la integridad; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para

el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Mariella Lenkiza Valcarcel Angulo, Asesora de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, del 17 al 20 de agosto de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viáticos (US$ 370.00 x 1+2) : US$ 992.10 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 153-2015-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1798728-1

Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 282-2019-PCM Lima, 16 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprobó el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2019; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 324-2018PCM se aprobó el Presupuesto Institucional de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM para el Año Fiscal 2019, de conformidad con la Ley Nº 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y/o de la Policía Nacional del Perú, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los