Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 24
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NORMAS LEGALES
Sábado 17 de agosto de 2019 /
El Peruano
Primera Reunión del citado Grupo, el 21 de mayo de 2018, fue elegido Presidente del mismo; Que, en tal sentido, se estima importante la participación del representante del Perú y Presidente del Grupo de Visión APEC, Embajador ( r) en el Servicio Diplomático de la República, Edward Allan Wagner Tizón, Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar y de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Catherine Grace Vennard Zapata, Subdirectora de Planes y Programas de la Academia Diplomática del Perú "Javier Pérez de Cuéllar", y actual encargada de seguir los temas de la REDAP y del "Grupo de Visión APEC", en las reuniones del "Grupo de Visión APEC" y la Tercera Reunión de Altos funcionarios (SOM III) que se realizarán del 25 al 29 de agosto de 2019; Que, por razones de itinerario, el viaje del Director de la Academia Diplomática del Perú "Javier Pérez de Cuéllar" y la Subdirectora de Planes y Programas, se realizará del 24 al 30 de agosto de 2019; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 0472002-PCM, y sus modificatorias; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N.° 028-2007-RE, y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República, Edward Allan Wagner Tizón, Director de la Academia Diplomática del Perú "Javier Pérez de Cuéllar", y miembro titular de la Red Peruana de Estudios Asia Pacífico (REDAP) y Representante del Perú ante el Grupo de Visión del Foro de Cooperación Asia Pacífico (APEC); y, de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la
República, Catherine Grace Vennard Zapata, Subdirectora de Planes y Programas de la Academia Diplomática del Perú, a la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, del 25 al 30 de agosto de 2019, para participar en la Cuarta Reunión del "Grupo de Visión APEC y en la Tercera Reunión de Altos funcionarios. Artículo 2.- El pasaje aéreo del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República, Edward Allan Wagner Tizón, será cubierto por la Fundación Academia Diplomática del Perú (FADP). Artículo 3.- Los demás gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089192 Formación Profesional, Post-Grado, Maestría en la ADP, debiendo rendir cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Edward Allan Wagner Tizón Viáticos por día US $ 370.00 Número de días 6 Total de Viáticos 2,220.00
Nombres y Apellidos Catherine Grace Vennard Zapata
Pasajes aéreos Viáticos Clase Económica por día US$ US$ 480.00 370.00
Número de días 6
Total de Viáticos 2,220.00
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1797542-1
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES