Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0325-2019-JUS Lima, 15 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

Sábado 17 de agosto de 2019 /

El Peruano

VISTOS, los Informes Nº 103-2019-JUS/CN/ST y Nº 123-2019-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; los Oficios Nº 1613-2019-JUS/CN y Nº 1841-2019-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; así como el Oficio Nº 686-2019-JUS/OGAJ e Informe Nº 798-2019-JUS/OGAJ, emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0077-2014JUS, de fecha 27 de febrero de 2014, se nombró como notario público del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, al señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE; Que, mediante carta de fecha 06 de mayo de 2019, el señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE comunica al Colegio de Notarios de Ica su renuncia a la plaza notarial de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, solicitando que la misma sea aceptada con efectividad al día siguiente de la publicación de la resolución de nombramiento o al día siguiente de la juramentación como notario en el distrito de Ica; Que, conforme consta de las actas del Jurado Calificador del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial del Ica Nº 0012018, el señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Ica, provincia de Ica, departamento de Ica, Distrito Notarial del Ica; Que, el literal f) del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por Decreto Legislativo Nº 1232, prohíbe a los notarios tener más de una oficina notarial; Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, artículo incorporado por el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1232, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, refiriendo que, en el plazo de 30 días, debe cerrar sus registros, solicitar la cancelación del título, nombrar al notario administrador del acervo y comunicar al Consejo del Notariado; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del citado Decreto Legislativo, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con eficacia a partir del día siguiente de su juramentación como notario del distrito de Ica ante la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Ica; quedando condicionado el ejercicio de la función notarial en la nueva plaza adjudicada en tanto el Colegio de Notarios de Ica no cumpla con el procedimiento de cierre de los registros notariales en su plaza de origen; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1049, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS y normas conexas, el señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Ica, provincia de Ica, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Ica Nº 001-2018 de fecha 08 de febrero de 2019; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público Nacional de Méritos

para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de renuncia, el título de Notario del distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, otorgado al señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE, con eficacia a partir del día siguiente a su juramentación como notario del distrito de Ica ante la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Ica. Artículo 2.- Nombrar al señor abogado JOSE CIRILO FLORES QUILLE, como notario del distrito de Ica, provincia de Ica, departamento de Ica, Distrito Notarial de Ica, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 3.- El ejercicio de la función notarial en la nueva plaza adjudicada queda condicionado a que el Colegio de Notarios de Ica cumpla con el procedimiento de cierre de los registros notariales en la plaza de origen. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios del Ica y al interesado, para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1798131-3

PRODUCE
Autorizan viaje de servidores del INACAL a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2019-PRODUCE Lima, 16 de agosto de 2019 VISTOS: El Oficio Circular N° 041-2019-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; los Informes N°s 021 y 028-2019-INACAL/DN de la Dirección de Normalización del INACAL; los Informes N°s 131 y 144-2019-INACAL/ OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INACAL; los Informes N°s 047 y 055-2019-INACAL/ OCOOP de la Oficina de Cooperación Internacional del INACAL; los Memorandos N°s 257 y 268-2019-INACAL/ OA de la Oficina de Administración del INACAL; el Informe N° 707-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Circular N° 041-2019-MINCETUR/ VMCE, de fecha 10 de julio de 2019, el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hace de conocimiento del Instituto Nacional de Calidad - INACAL la realización de la reunión del Subcomité de Estándares y Conformidad ­ SCSC, del Comité de Comercio e Inversión del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) y reuniones relacionadas, que tendrán lugar en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, del 18 al 22 de agosto de 2019; Que, la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, mediante Informes N°s 021 y 028-2019-INACAL/DN, señala que la participación de la entidad es importante toda vez que la temática que se trabaja en el SCSC está directamente relacionada a la Infraestructura de la Calidad, tema a cargo del INACAL