Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Sábado 17 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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19.4. Para la Garantía Mobiliaria con entrega jurídica, se observará que el valor del bien o bienes ofrecidos en garantía, de propiedad del contribuyente, deudor o terceros, deberá exceder en un cincuenta por ciento (50%) del monto de la deuda a garantizar, o parte de ésta, cuando concurra con otra u otras garantías. 19.5. La fianza personal debe ser ilimitada, irrevocable, solidaria, incondicional y por plazo de hasta treinta (30) días calendario posteriores al vencimiento de la última cuota de fraccionamiento. CAPÍTULO IV OBLIGACIONES DEL DEUDOR TRIBUTARIO Artículo 21º.- OBLIGACIONES EN GENERAL 20.1. El deudor tributario, una vez aprobado el aplazamiento y/o fraccionamiento, debe cumplir con lo siguiente: a) Pagar la deuda tributaria aplazada al vencimiento del plazo concedido, así como los intereses correspondientes, tratándose de aplazamiento. b) Pagar el íntegro del monto de las cuotas en los plazos establecidos, tratándose de fraccionamiento. c) Pagar el íntegro del interés del aplazamiento hasta la fecha de su vencimiento, así como el íntegro del monto de la cuota inicial y de las demás cuotas en los plazos establecidos, tratándose de aplazamiento y fraccionamiento. d) Mantener vigentes las garantías otorgadas a favor de la Municipalidad y su renovación dentro de los plazos previstos hasta la cancelación de la deuda. e) Aceptar como modalidad complementaria de notificación, la realizada mediante correo electrónico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- APRUÉBESE el formato de Solicitud de Fraccionamiento y/o aplazamiento, que en Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- APRUÉBESE el formato de Resolución de Fraccionamiento y/o aplazamiento que en Anexo II forma parte integrante de la presente Ordenanza. Tercera.- APRUÉBESE el formato de Resolución de Pérdida del Beneficio de Fraccionamiento y/o aplazamiento que en Anexo III forma parte integrante de la presente Ordenanza. Cuarta.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 466-2011MDMM y cualquier otra disposición municipal que contravenga al presente Reglamento. Quinta.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta.- Con relación al proceso de ejecución de garantías, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código Procesal Civil, en lo que fuera pertinente. Séptima.- El fraccionamiento regulado por el presente régimen no resulta de aplicación para aquellos contribuyentes que se encuentren en procesos de liquidación judicial, extrajudicial, o respecto de las cuales se haya suscrito un convenio de liquidación o se haya emitido resolución disponiendo la disolución y liquidación, en mérito a lo señalado en la Ley General del Sistema Concursal, a excepción de la deuda que se encuentre fuera del alcance de la citada Ley. Octava.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a sus Subgerencias, así como a la Gerencia de Asesoría Jurídica y a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial. Novena.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Décima.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital

de Magdalena del Mar (http.www.munimagdalena.gob. pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde ANEXO I SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Nº _____-20__-SGRCEC-GATR-MDMM Nombre o Razón Social : Código de Contribuyente : Teléfono : DNI/RUC : Domicilio Fiscal : Tipo de solicitud : Fraccionamiento Señor Alcalde de Magdalena del Mar: Que, en el marco de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº -2019-MDMM, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Magdalena del Mar, solicito acogerme al mencionado beneficio; según el siguiente detalle:
GARANTÍAS MONTO NÚMERO (Aplicable CUOTA TRIBUTO PERÍODO ADEUDADO DE para Deudas INICIAL S/ CUOTAS Mayores a las 30UIT's)

Aplazamiento

Para tales efectos, cumplo con adjuntar la documentación establecida en los artículos 5º, 6º y 18º (De corresponder); la cual totaliza a ( ) folios. Magdalena del Mar,
Huella Dactilar

____________________________________________ Apellidos y Nombres: DNI: Representante:

ANEXO II Magdalena del Mar, RESOLUCIÓN DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Nº -2019-SGRCEC-GATR-MDMM Base Legal: D.S. Nº 133-2013-EF Ordenanza Municipal Nº -2019-MDMM Ley Nº 26979 VISTA, la solicitud de (Fraccionamiento y/o aplazamiento) de Deuda Tributaria Nº _____-20__-SGRCEC-GATR-MDMM, presentada por ____________________________________ , identificado con DNI/RUC Nº ______________, con código de contribuyente____________________, señalando como domicilio fiscal en _________________________________, con número de teléfono fijo o móvil ___________________, representada por_____ _________________________, a quien en adelante se le denominará "EL CONTRIBUYENTE"; y, .