Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 53
El Peruano / Sábado 17 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO RESOLUCIÓN COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 133-2019-CO-UNAT Pampas, 23 de julio de 2019. VISTO: La hoja de trámite exp. Nº 1311-PRESIDENCIA, el OFICIO Nº 720-2019-SERVIR/PE, el INFORME TÉCNICO Nº 070-2019-SERVIR/GDSRH y OFICIO Nº 0173-2019-UNAT/P-CO; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 18º en el cuarto párrafo: establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; el mismo que es concordante con el Artículo 8º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, establece que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057 2016-SERVIRPE, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", en adelante la Directiva, que establece, entre otros, lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la Directiva, establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la Directiva; Que, el numeral 1 del Anexo Nº 4 "Sobre el CAP Provisional" de la Directiva, establece los supuestos que habilitan a las entidades públicas aprobar el CAP provisional, entre ellos, durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la misma, cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional"; Que, mediante OFICIO Nº 0173-2019-UNAT/P-CO el Presidente de la Comisión Organizadora remite la propuesta del Cuadro para Asignación del Personal Provisional- CAP de la UNAT y mediante OFICIO Nº 0225-2019-UNAT/P-CO el Presidente en mérito a la normativa vigente remite la información complementaria respecto a la propuesta del Cuadro para Asignación del Personal Provisional- CAP, elaborados según los lineamientos definidos por SERVIR; Que, con Oficio Nº 720-2019-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil
remite el Informe Técnico Nº 070-2019-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, conforme a los lineamientos establecidos en el Anexo Nº 4 de la Directiva; Que, mediante INFORME Nº 0157-2019-UNATDIGA URRHH/WMP el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos da opinión técnica favorable de conformidad a lo establecido EN EL NUMERAL 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE"; Que, mediante OFICIO Nº 236-2019-DIGA-COUNAT el Director General de Administración sustentado en el Informe Nº 0157-2019-UNAT-DIGA-URRHH/WMP, propone la aprobación del CAP Provisional de la UNAT, conforme a la opinión favorable emitida por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; Que, mediante INFORME Nº 183-2019-OPEP-P-UNAT el Jefe de Planeamiento Estratégico y Presupuesto hace suyas de extremo a extremo las conclusiones emitidas en Informe Técnico Nº 070-2019-SEVIR/GDSRH; Que, en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de 23 de julio de 2019, se acordó por unanimidad APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Estando en los considerandos precedentes, en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la UNAT, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU y la Resolución Viceministerial Nº 0140-2018-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional de la UNAT y en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DARIO E. MEDINA CASTRO Presidente Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja ADALBERTO CRUZ GARCÍA Secretario General Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja "Daniel Hernández Morillo" 1797833-1
MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de Fiscal Provincial del Equipo Especial de Fiscales a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2053-2019-MP-FN Lima, 2 de agosto de 2019 VISTO: El Oficio N° 1846-2019-FSC-EE-MP-FN, remitido con fecha 1 de agosto de 2019, cursado por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales;