Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 57
El Peruano / Sábado 17 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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debiendo para ello someterse a Sesión Ordinaria del Consejo Regional para su consiguiente deliberación; Que, por Dictamen Nº 002-2019-GRA-CR/CPPTC de fecha 15 de julio de 2019, la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo del Consejo Regional de Ayacucho, recomienda la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional de creación de la Agencia Regional de Desarrollo de Ayacucho ARDAY, el mismo que se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional de Ayacucho, contando con la unanimidad de votos de los Consejeros Regionales a favor de la aprobación de dicho dictamen; Que, artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, artículo 6º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, precisa que el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades; Que, el numeral13) del artículo 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, señala que la gestión de los gobiernos regionales se rigen por el principio de competitividad, entre otros, estableciendo que el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional; y para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; Que, el artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0222017-PCM y su modificatoria Decreto Supremo Nº 1312018-PCM, establece que las Agencias Regionales de Desarrollo se constituyen como mecanismos de coordinación y articulación intersectoriales e intergubernamentales en un territorio delimitado por elementos administrativos, económicos y/o funcionales; siendo promovidas y dirigidas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para conducir la articulación de las entidades del gobierno nacional en el territorio, facilitar la coordinación intergubernamental en torno a las prioridades del gobierno nacional y promover con los gobiernos regionales y los gobiernos locales las acciones públicas, requeridas para potenciar la economía y el capital social de los territorios; Que, el literal c) del artículo 15º de los "Lineamientos de Organización del Estado", aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, establece que los Órganos Consultivos son los encargados de asesorar o emitir opinión sobre asuntos que solicite la Alta Dirección1, conformado por un equipo colegiado experto en la materia; y sus miembros pueden ser designados por la propia Ley que los crea, mediante el mecanismo previsto por esta o por el Titular de la entidad, ejerciendo funciones ad honorem y no ejercen una línea de autoridad ni poseen dependencia jerárquica, se ubican en el primer nivel organizacional y no tienen unidades orgánicas, incluyendo a las Comisiones Consultivas; Que, las Agencias Regionales de Desarrollo facilitan la coordinación entre los actores de cada territorio para la formulación de estrategias de desarrollo de acuerdo a cada realidad; asimismo, conducen la articulación entre
las entidades del gobierno nacional para alinear las acciones a las prioridades establecidas por los actores de cada territorio; y promueven acciones públicas requeridas para potenciar la economía y el capital social de las regiones. Entre las principales áreas de intervención de las Agencias Regionales de Desarrollo es coordinar para la implementación de acciones priorizadas, además de alinear y articular las acciones sectoriales con las prioridades de la agenda de desarrollo regional; y también intervienen en la articulación con la empresa privada, agencias y entidades de cooperación internacional. Participan en la identificación y apalancamiento de fondos públicos y privados; y canalizan la asistencia técnica de entidades nacionales e internacionales. Las Agencias Regionales de Desarrollo se adecuan a la diversidad regional, por lo que se consideran tres (3) tipos de agencias: a) Agencia tipo 1: Facilita la generación de servicios básicos: electrificación, agua y saneamiento; conectividad mediante vías regionales; gestión de conflictos sociales; e identificación de actividades productivas; b) Agencia tipo 2: Impulsa la integración público-privada, así como también de la comunidad y representantes de la sociedad civil como ONGs y universidades, para el fortalecimiento de cadenas productivas; y c) Agencia tipo 3: Conecta el sector privado con oportunidades internacionales para lograr la competitividad regional; Que, el numeral 49.1 del artículo 49º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, establece que el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades; Que, el Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Perú (Convenio de Financiación DCI-ALA/2015/038-907), en el marco de las de las funciones de la Secretaría de Descentralización de la PCM las que se despliegan en el territorio a través de las Agencias Regionales de Desarrollo (ARD), se incluyen objetivos tales como, el facilitar la formulación de las Estrategias de Desarrollo e Innovación Regional la promoción de la Inversión Pública y Privada en torno a estas estrategias , así como fortalecer la competitividad de la PYMES y atraer la inversión extranjera,. Las actividades de las Agencias Regionales de Desarrollo (ARD) a nivel nacional tienen la asistencia técnica de la Secretaría de Descentralización en el proceso de creación de las Agencias Regionales de Desarrollo, a nivel regional asistencia técnica a las ADRs en el ámbito de las estrategias de desarrollo regional e innovación a través de la provisión de un experto para cada Región (incluido un presupuesto para las misiones), encargado de asistir a los Gobiernos Regionales en la preparación e implementación de las estrategias de desarrollo e innovación; Que, el proyecto de Ordenanza Regional para la creación de la Agencia Regional de Desarrollo de Ayacucho (ARDAY), cuenta con los informes técnicos requeridos de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como con la opinión legal de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme establece el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/ CR; aún más este proyecto de Ordenanza Regional se encuentra dentro de los alcances de los artículos 4º, 6º y 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, artículo 49º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización; artículo 71º del Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM y su modificatoria Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, y concordante con el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado"; cuya finalidad es de facilitar la coordinación entre los actores de cada territorio para la formulación de estrategias de desarrollo de acuerdo a cada realidad; conducir la articulación entre las entidades del gobierno nacional para alinear las acciones a las prioridades establecidas por los actores de cada territorio; y promover acciones públicas requeridas para potenciar la economía y el capital social de las regiones;