Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2019 (17/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 38
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NORMAS LEGALES
Sábado 17 de agosto de 2019 /
El Peruano
coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento; Asimismo, el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN, señala que son funciones de esta Entidad, entre otras: (i) administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia; (ii) aprobar y autorizar, dentro del ámbito de su competencia: visas, prórrogas de permanencia y residencia, así como el cambio de clase de visa y calidad migratoria; (iii) regularizar la condición migratoria de extranjeros de acuerdo a los requisitos establecidos en la normatividad vigente y convenios; (iv) otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; (v) desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de Frontera y en todo el territorio nacional, en el marco de sus competencias; y, (vi) expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos; Por otro lado, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; En tanto que, con Decreto Supremo N° 004-2013PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene como objetivo general orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; estableciéndose entre sus objetivos específicos, promover la descentralización de las funciones, responsabilidades, capacidades y recursos de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno a fin de prestar de manera eficaz, eficiente y transparente los bienes y servicios públicos que los ciudadanos demandan; En el marco de la citada Política de Modernización de la Gestión Pública, la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de la Resolución de Superintendencia N° 0000134-2017-MIGRACIONES, de fecha 04 de julio de 2017, aprobó el Plan Estratégico Institucional PEI 20172019 Actualizado de MIGRACIONES, concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN y el Plan Estratégico del Sector Interior - PESEM 2016-2021. Entre los objetivos estratégicos institucionales previstos en el referido documento de gestión se encuentran: (i) elevar la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras; y, (ii) fortalecer el control migratorio del país en beneficio de las personas nacionales y extranjeras; habiéndose previsto como parte de las acciones estratégicas para cumplir los referidos objetivos, entre otras, (i) incrementar la presencia de MIGRACIONES a nivel nacional; y, (ii) realizar el control migratorio efectivo para las personas nacionales y extranjeras; De conformidad con el artículo 14° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los órganos desconcentrados de una entidad pública desarrollan funciones sustantivas de uno o varios de los órganos de línea del tipo prestadores de bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no atendidas o para aumentar su cobertura; En ese sentido, el literal f) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1130, dispone que son funciones de la Superintendente Nacional de Migraciones, entre otras, "promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa eficiente, priorizando el buen trato a los usuarios y la buena imagen del país". En ejercicio de la citada función, la Superintendente Nacional, se encuentra facultada para adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de elevar la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales
y extranjeras, así como incrementar la presencia de MIGRACIONES a nivel nacional; Al respecto, cabe mencionar que, de acuerdo al Decreto Legislativo antes descrito y al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones MIGRACIONES, las Jefaturas Zonales son órganos que forman parte de la estructura de MIGRACIONES, y responsables de ejecutar las acciones que les sean encargadas dentro de su ámbito geográfico, teniendo entres sus funciones las actividades de control migratorio, las acciones de control y fiscalización respecto al cumplimiento de las normas migratorias de pasaportes, inmigración y nacionalización, entre otras; Dentro de ese contexto, mediante Informe N° 0001202019-GU/MIGRACIONES, la Gerencia de Usuarios propone la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo, manifestando que, además de estar programada en el Plan Operativo Institucional POI 2019 de la Superintendencia Nacional de Migraciones, se encuentra enmarcada dentro de las acciones estratégicas para elevar la calidad de los servicios migratorios brindados por la institución, lo que coadyuvará al cumplimiento de los objetivos estratégicos sectoriales referidos al mejoramiento de la atención de los servicios que la ciudadanía demanda; agrega que, dicha Jefatura Zonal permitirá la presencia estratégica de MIGRACIONES a nivel nacional, permitiendo la tramitación de los procedimientos administrativos y prestando los servicios requeridos por la población, respondiendo de manera oportuna y adecuada a las necesidades de los usuarios, abarcando cinco (5) regiones del centro del país; Asimismo, la Gerencia de Registro Migratorio, a través del Memorando N° 001207-2019-RM/MIGRACIONES, sobre la base de lo señalado por su Subgerencia de Registro de Nacionales, mediante el Informe N° 000492-2019-RM-RN/MIGRACIONES, respalda la propuesta de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo; En tanto que, con Memorando N° 001596-2019-TICE/ MIGRACIONES, la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicación y Estadística emite opinión técnica favorable sobre la viabilidad de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo; asimismo, la Oficina General de Recursos Humanos a través del Informe N° 0001702019-RH/MIGRACIONES, indica que es pertinente la creación de la citada Jefatura Zonal al encontrarse enmarcada dentro de las acciones estratégicas para elevar la calidad de los servicios migratorios brindados por la Entidad, lo que coadyuvará al cumplimiento del Objetivo Estratégico Sectorial referido al mejoramiento de la atención de los servicios que la ciudadanía demanda; En esa misma línea, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con Memorando N° 001443-2019-PP/MIGRACIONES, manifiesta que presupuestalmente es viable la propuesta de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo; Por su parte, la Gerencia de Política Migratoria, a través del Informe N° 000171-2019-PM/MIGRACIONES, emite opinión favorable respecto de la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo, señalando que permitirá la prestación de servicios y procedimientos migratorios a los ciudadanos nacionales y extranjeros residentes en la zona centro del país que abarca cinco (5) regiones; asimismo, indica que dicha Jefatura Zonal estará a cargo de acciones de control preventivo, de verificación y fiscalización migratoria en el Aeropuerto Francisco Carlé de Jauja, lo que supondrá el fortalecimiento de la política nacional relacionada con la seguridad y el orden interno, y la vigorización de las acciones contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes; Igualmente, la Gerencia de Servicios Migratorios, mediante Memorando N° 002871-2019-SM/ MIGRACIONES, sobre la base del Informe N° 001580-2019-SM-MM/MIGRACIONES, emitido por su Subgerencia de Movimiento Migratorio, considera viable la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo en razón a que contribuirá a la desconcentración de los servicios brindados por MIGRACIONES y permitirá cumplir el objetivo estratégico del Sector Interior, relacionado con el mejoramiento de los servicios que la ciudadanía demanda para los ciudadanos nacionales y extranjeros en la Región Junín y provincias de influencia;