Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2019 (07/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Miércoles 7 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 15-2019-MPH-SPM/GPPM, de fecha 02 de Mayo del 2019, suscrito por el Subgerente de Planificación y Modernización y el Informe Nº 373-2019-MPH-BCA-GAJ, de fecha 07 de Mayo del 2019, suscrito por el Gerente de Asesoría, sobre aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020-2022 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; asimismo, los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados; Que, mediante Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales, constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso, los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final, que los Gobiernos Locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en el marco de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y su modificatoria Decreto Legislativo Nº 1440-2018-EF; Que, mediante Informe Nº 15-2019-MPH-SPM/ GPPM, de fecha 02 de Mayo del 2019, la Subgerencia de Planificación y Modernización, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Provincia de HualgayocBambamarca, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias; Que, conforme al Informe Nº 373-2019-MPH-BCAGAJ, de fecha 07 de mayo del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, es procedente la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020 - 2022 de la Provincia de Hualgayoc-Bambamarca, vía ordenanza municipal. Estando a lo expuesto, con las atribuciones conferidas en el inciso 08 del Artículo 9º, concordante con el

Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, POR UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2020 - 2022 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC ­ BAMBAMARCA Artículo Primero.- APRUÉBESE la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020-2022 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca, el mismo que consta de diez (10) títulos, veinticinco (25) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal en coordinación con los Gerentes responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza, autorizando, a través de las unidades orgánicas pertinentes, las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2020 - 2022. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y al Equipo técnico, la ejecución de las acciones pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el Reglamento aprobado en el artículo primero de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a Secretaría General la publicación del presente dispositivo legal en el Diario de mayor circulación y a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistema de la Información y Comunicación la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca (www. munibambamarca.gob.pe) y en el portal institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Publíquese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO AGUILAR VÁSQUEZ Alcalde Provincial 1794239-2

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Regulación del Servicio de Transporte Público en la Ciudad de Bambamarca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2019-MPH-BCA Bambamarca, 22 de mayo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC-BAMBAMARCA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria, de fecha 22 de mayo del 2019; y, VISTO: El Dictamen Nº 002-2019-CPHB/CTYSV, emitido por la Comisión de Transportes y Seguridad Vial del Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc - Bambamarca; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de