Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2019 (07/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de agosto de 2019 /

El Peruano

Antonio Quispe Chuquiyauri como Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Ing. ALBERTO NUÑEZ LEONARDO, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1794839-2

Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1794839-3

Prorrogan reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 154-2019-ANA Lima, 6 de agosto de 2019 VISTOS: El Oficio N° 487-2019-MINAGRI-DVDIAR-PEBPT-DEOPPyS de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, el Memorándum N° 1656-2019-ANA-DCERH de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos y el Informe Legal N° 649-2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, según numeral 5 del artículo 15° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el numeral 208.1 del artículo 208° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG y sus modificatorias, establece que las reservas de recursos hídricos se otorgan por un período de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan; Que, mediante Resolución Jefatural N° 303-2010ANA, se otorgó la reserva de las aguas del río Tumbes a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, por un periodo de dos (02) años, para uso agrícola y por un volumen anual de 530 hm3, habiéndose cumplido el plazo de la última prórroga otorgada con Resolución Jefatural N° 072-2017ANA, el 27 de enero de 2019; Que, con el Oficio del Visto, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, solicitó la prórroga de reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones previstas por Resolución Jefatural N° 303-2010-ANA; Que, mediante el Memorándum del Visto, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos remitió el Informe Técnico N° 125-2019-ANA-DCERH-AERH elaborado por el área de Evaluación de Recursos Hídricos, el cual concluye que no habiéndose efectuado modificaciones a la reserva de recursos hídricos, y considerando la documentación justificatoria, es procedente prorrogar a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego por dos (02) años adicionales y en las mismas condiciones de la reserva hídrica primigenia, la reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación Linda Chara, para uso agrícola; Que, asimismo, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos recomendó disponer la prórroga con eficacia anticipada al 28 de enero de 2019 manifestando que lo evaluado cuenta con los requisitos de eficacia anticipada establecida en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019JUS, tales como: a) Que el acto sea más favorable a

Designan Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 153-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de agosto de 2019 VISTO: El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por el Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 342-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 17 de agosto de 2018, se designó al Ingeniero Agrícola Héctor Eneque Gonzáles en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza; Que, el citado servidor ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y designar a su reemplazante; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por el Ingeniero Agrícola Héctor Eneque Gonzáles en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Ingeniero Agrónomo BRINER ENRIQUE ORRILLO PAREDES, en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal