Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 8 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administración y Finanzas, se proceda con la asignación de recursos presupuestales necesarios para el Proceso de la formulación y actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Huaura. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Sub Gerencia de Planificación Estratégica y Presupuesto conformar y presidir el Equipo Técnico de Planeamiento (ETP), incorporando representantes técnicos de las Instituciones Públicas y Privadas, para la elaboración del Plan de Trabajo y su ejecución; que será reconocido mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- DISPONER que una vez formulado el Plan de Trabajo por el Equipo Técnico de Planeamiento, deberá ser aprobado por la Comisión de Planeamiento Estratégico y ratificado por Decreto de Alcaldía. Artículo Sexto.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura, a efecto que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1297128-1

de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo a la normatividad vigente Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0122004-TR señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso,con excepción de los clasificados como de confianza. Que, asimismo, el citado artículo, establece que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo debe realizarse mediante resolución del titular dela entidad y publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 235-A-2011MDSA-PH, de fecha 19 de Octubre del 2011 se delega al Gerente Municipal las Atribuciones correspondientes a la emisión de Actos Administrativos que permita el desarrollo de las actividades, propias de la Administración Municipal. Que, estando a las consideraciones expuestas de conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General así como las facultades delegadas a través de la Resolución de Alcaldía Nº 235-A-2011-MDSA-PH. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Luis Carlo Hugo Barrionuevo Zúñiga, Gerente de Administración, con DNI Nº 09760855, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo a que se refiere la Ley Nº 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Gerencia de Administración, a fin que disponga a quien corresponda su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio Regístrese, cúmplase y archívese. CECILIA P. LOAYZA PINEDO Gerente Municipal 1296339-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 094-2015-GM-MDSA San Antonio, 14 de julio del 2015 LA GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO VISTO: El Informe Nº 002-2015-CEPCCAS-MDSA, correspondiente a la Comisión Especial del Proceso de Convocatoria CAS Nº 001-2015-MDSA, de fecha 13 de Julio del año que solicita la designación del responsable de remitir las Convocatorias de personal para su publicación respectiva al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo a la Normatividad vigente. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que,mediante el Informe Nº 002-2015-CEPCCASMDSA, la Comisión Especial del Proceso de Convocatoria CAS Nº 001-2015-MDSA, con la finalidad de dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo Tercero de la Resolución Nº 092-2015-GM-MDSA, que aprueba las Bases Convocatoria CAS Nº 001-32015-MDSA,solicita la designación del responsable de remitir las convocatorias de personal para su publicación respectiva al Ministerio

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Autorizan viaje de Alcalde y funcionario a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2015-MDS-CM Sayán, 27 de agosto de 2015. EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 090-2015-GM/MDS, de fecha 26 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que: ``Los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de