Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 8 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
ANEXO N° 3

563547

FORMATO DE DERIVACIÓN DE SOLICITUDES DE DEMANDA ADICIONAL ANTE EL PERIODO DE LLUVIAS 2015-2016 Y LA OCURRENCIA DEL FEN AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS a. Formato para Proyectos de Inversión Pública
N° PLIEGO COD. NOMBRE DEL FORMATO DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO COD. SNIP SOLICITANTE UNIFICADO PROYECTO F-15 SECTOR MESES DE MONTO QUE PLIEGO EJECUCIÓN REQUERIDO EMITE EJECUTOR S/. OCT NOV DIC OPINIÓN

b. Formato para Actividad. 5005827 "ATENCIÓN DE FENÓMENO EL NIÑO"
MESES DE SECTOR EJECUCIÓN PLIEGO CATEGORÍA PLIEGO UNIDAD META MONTO PRODUCTO FINALIDAD QUE EMITE S/. SOLICITANTE PRESUPUESTAL EJECUTOR MEDIDA FÍSICA OPINIÓN GG3 GG6 OCT NOV DIC TOTAL

N° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO

1297310-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Constituyen "Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego PEI 2016 - 2018"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0489-2015-MINAGRI Lima, 5 de octubre de 2015 VISTO: El Oficio N° 1834-2015-MINAGRI-OGPP/OPLA, de fecha 07 de setiembre de 2015, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 105-2015-MINAGRI-OGPP-OPLA, de fecha 07 de setiembre de 2015, de la Oficina de Planeamiento de la mencionada Oficina General, el Oficio N° 206-2015-CEPLAN/DNCP y el Informe Técnico N° 001-2015-CEPLAN-DNCP-CC, ambos del CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - LOPE, se establece como funciones que los Ministerios, entre otras, las de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; asimismo, en el numeral 1 del artículo 25, se dispone que le corresponde a los Ministros de Estado las funciones de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales, funcionales y nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,

modificado mediante el artículo 3 de la Ley N° 30048, se determina que el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, vinculadas al ámbito de su competencia; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, las Entidades deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la Directiva N° 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobado mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/ PCD, la Comisión de Planeamiento Estratégico coordina, guía, acompaña y valida el proceso de planeamiento estratégico con la asesoría técnica del Órgano de Planeamiento Estratégico; la misma tiene carácter temporal, mientras dure la elaboración del documento correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0461-2015MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de setiembre de 2015, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015-2021 del Sector Agricultura y Riego, resultando necesario constituir una Comisión Sectorial para la formulación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de Agricultura y Riego para el periodo 2016-2018; Que, los artículos 26 y 28 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, establece que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado de asesorar a la Alta Dirección, a los Organismos Públicos, Programas y Proyectos del Sector en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Nacional Agraria y de los planes sectoriales de desarrollo; Que, la referida Directiva General establece los principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento EstratégicoSINAPLAN;