Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 8 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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seguimiento interno del desarrollo de los procesos a que den lugar, sin interferir en el mismo, hasta la obtención del resultado final, cuyo registro se hará exigible cuando la Contraloría General de la República implemente el aplicativo informático para dicho fin. El OCI está exceptuado de realizar el control y seguimiento establecido en el párrafo precedente respecto de las acciones legales a cargo del Procurador Público de la Contraloría General, y de los procedimientos administrativos sancionadores por responsabilidad administrativa funcional en el marco de la Ley N° 29622 "Ley que modifica la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional", su Reglamento y normas complementarias. Artículo Sexto.- El Titular de la entidad es el responsable de disponer las acciones que aseguren la implementación de las recomendaciones contenidas en los informes de control emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, e informar dichas acciones al Órgano de Control Institucional en la forma y plazos establecidos. Artículo Séptimo.- Las disposiciones de la presente Resolución serán de aplicación a todas las recomendaciones que, a la fecha de su entrada en vigencia, no hayan sido implementadas o concluidas. Artículo Octavo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo Noveno.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), así como en el portal web (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCON TEJADA Vicecontralor General Contralor General de la República (e) 1297276-1

del presupuesto del proyecto de inversión en mención, afectando a la cadena de gasto 2.6.7.1.5.3, de acuerdo al Informe Nº 05/2015-EA-DGI-UNU, de la Dirección General de Investigación, que se adjunta y según detalle siguiente:
· 2.6.7.1.5.3 Gastos por la Contratación de Servicios: S/. 12,644.00 · 2.6.7.1.5.3 Gastos por la Contratación de Servicios: S/. 29,284.00 Total S/. 42,284.00

Que, mediante Oficio Nº 0725-2015-UNU/VRACAD/ FCFyA-D, de fecha 31 de agosto del 2015, el Decano de la Facultad de Ciencias Forestales y Ambientales, remite a la Vicerrectora Académica, la Resolución Decanal Nº 096-2015-UNU/VRACAD/FCFyA/D, para su ratificación en sesión de Consejo Universitario; Que, mediante Oficio Nº 1511-2015-UNU-VRACAD, de fecha 02 de setiembre del 2015, la Vicerrectora Académica, remite al señor Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, la Resolución Decanal Nº 096-2015-UNU/VRACAD/FCFyA/D, para su aprobación en sesión de Consejo Universitario; Que, el Consejo Universitario, en sesión de fecha 17 de setiembre del 2015, acordó ratificar la Resolución Decanal Nº 096-2015-UNU/VRACAD/FCFyA/D, autorizando a la Oficina de Secretaría General emitir la resolución correspondiente; Que, estando a lo acordado en sesión del Consejo Universitario, y en uso de las funciones y atribuciones otorgadas al Consejo Universitario y al señor Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, por la Ley Universitaria Nº 30220 y por el Estatuto de la Universidad Nacional de Ucayali; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR, la disposición establecida en la Resolución Decanal Nº 096-2015-UNU/VRACAD/ FCFyA/D, de fecha 28 de agosto del 2015, que resuelve, AUTORIZAR, el viaje al Estado de Mérida (República de Venezuela) del 18 de setiembre al 05 de octubre del 2015, del docente Ing. M. Sc. David Gerardo Lluncor Mendoza, y del servidor administrativo Técnico de Laboratorio señor Haroldo Ríos Tangoa, considerados en el Proyecto de Inversión "IMPLEMENTACIÓN, EQUIPAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DEL LABORATORIO DE ANATOMÍA DE LA MADERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI ­ REGIÓN UCAYALI", para realizar pasantía a la Universidad de los Andes, con el objeto de visitar el Laboratorio del LABONAC (Vigía), Laboratorio de Anatomía y Ultraestructura, Laboratorio Procesamiento Mecánico y Trabajabilidad de la Madera; y, que resuelve, AUTORIZAR, los gastos que irrogue el viaje del docente Ing. M. Sc. David Gerardo Lluncor Mendoza, y del servidor administrativo Técnico de Laboratorio señor Haroldo Ríos Tangoa, a la República de Venezuela, los mismos que serán cubiertos con recursos del presupuesto del proyecto de inversión en mención, afectando a la cadena de gasto 2.6.7.1.5.3, de acuerdo al Informe Nº 05/2015-EA-DGIUNU, de la Dirección General de Investigación, que se adjunta y según detalle siguiente:
· 2.6.7.1.5.3 Gastos por la Contratación de Servicios: · 2.6.7.1.5.3 Gastos por la Contratación de Servicios: Total S/. 12,644.00 S/. 29,284.00 S/. 42,284.00

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Ratifican resolución que autoriza viaje de docente y servidor administrativo de la Universidad Nacional de Ucayali a Venezuela, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 995-2015-UNU-CU-R Pucallpa, 17 de setiembre de 2015 VISTO, el Expediente Nº 002011509020, y el acuerdo de Consejo Universitario de fecha 17 de setiembre del 2015, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Decanal Nº 096-2015UNU/VRACAD/FCFyA/D, de fecha 28 de agosto del 2015, emitida por la Decanatura de la Facultad de Ciencias Forestales y Ambientales, se resuelve, AUTORIZAR, el viaje al Estado de Mérida (República de Venezuela) del 18 de setiembre al 05 de octubre del 2015, del docente Ing. M. Sc. David Gerardo Lluncor Mendoza, y del servidor administrativo Técnico de Laboratorio señor Haroldo Ríos Tangoa, considerados en el Proyecto de Inversión "IMPLEMENTACIÓN, EQUIPAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DEL LABORATORIO DE ANATOMÍA DE LA MADERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI ­ REGIÓN UCAYALI", para realizar pasantía a la Universidad de los Andes, con el objeto de visitar el Laboratorio del LABONAC (Vigía), Laboratorio de Anatomía y Ultraestructura, Laboratorio Procesamiento Mecánico y Trabajabilidad de la Madera; asimismo, resuelve, AUTORIZAR, los gastos que irrogue el viaje del docente Ing. M. Sc. David Gerardo Lluncor Mendoza, y del servidor administrativo Técnico de Laboratorio señor Haroldo Ríos Tangoa, a la República de Venezuela, los mismos que serán cubiertos con recursos

Artículo 2º.- PUBLICAR la presente resolución en la página Web Institucional de la Universidad Nacional de Ucayali. Artículo 3º.- Dar a conocer la presente resolución a la Facultad de Ciencias Forestales y Ambientales, interesados, y demás dependencias pertinentes de la Universidad Nacional de Ucayali. Regístrese, comuníquese y archívese. ROLY BALDOCEDA ASTETE Rector OSCAR A. BARRETO VÁSQUEZ Secretario General 1296491-1