Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

563548

NORMAS LEGALES

Jueves 8 de octubre de 2015 /

El Peruano

Que, la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada Directiva General, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 107-2014-CEPLAN/ PCD, estableció respecto al proceso de implementación de la Directiva, que para los sectores, las fases de análisis prospectivo y estratégico se realizará durante el año 2015 y la fase institucional deberá concluir en marzo de 2016; asimismo, la Segunda Disposición Final y Transitoria señala respecto a la vigencia de los planes estratégicos actuales, que aquellos planes aprobados con anterioridad a la Directiva, mantendrán su vigencia hasta la aprobación de los nuevos planes estratégicos conforme a los plazos antes señalados; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde constituir una Comisión, denominada "Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013" y el Grupo de Trabajo denominado "Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego­ Pliego 013"; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado mediante Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2014-CEPLAN, que aprueba la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura ­ Pliego 013 de naturaleza temporal denominada "Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego PEI 2016 ­ 2018", que está conformada por: - El Viceministro de Políticas Agrarias, o su representante, quien la presidirá. - El Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, o su representante. - El Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, o su representante. - El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, o su representante, quien actuará como Secretario Técnico. - El Director General de la Dirección General de Políticas Agrarias, o su representante. - El Director General de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, o su representante. - El Director General de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, o su representante. - El Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios, o su representante. - El Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, o su representante. - El Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, o su representante. - El Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, o su representante. - El Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones, o su representante. - El Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad, o su representante. La Comisión se constituye como la máxima instancia de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, durante el periodo de formulación del PEI 2016-2018. Artículo 2.- La Comisión tiene las siguientes funciones: a) Emitir lineamientos para el desarrollo del proceso de formulación del Plan Estratégico Institucional - PEI; b) Aprobar el Plan de Trabajo para la formulación del Plan Estratégico Institucional - PEI; c) Convocar a reuniones de trabajo a los más altos funcionarios del MINAGRI ­ Pliego 013, para ejecutar las acciones que requiere la formulación del Plan Estratégico Institucional - PEI;

d) Revisar y aprobar los productos que formule el "Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego"; y, e) Aprobar el proyecto de Plan Estratégico Institucional - PEI y presentarlo al Titular del Sector para su aprobación. Artículo 3.- Los representantes alternos deberán estar acreditados por las dependencias respectivas en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Constituir el Grupo de Trabajo denominado "Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego", que está conformado por: - El Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Director de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, quien será el Coordinador del Equipo Técnico. - El Responsable de Planeamiento de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Responsable de Planeamiento de la Oficina de Programación e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Responsable de Planeamiento de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Responsable de Planeamiento de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Políticas Agrarias. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Articulación Intergubernamental. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Negocios Agrarios. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. - El Responsable de Planeamiento de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego. - El Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL. - El Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento del Programa Subsectorial de Irrigaciones. - El Jefe de la Unidad de Planificación, Seguimiento y Evaluación del Programa de Compensaciones para la Competitividad. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, o su representante. - El Responsable de Planeamiento y Presupuesto o Enlace del Proyecto Especial Alto Huallaga, o su representante.