Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de octubre de 2015 /

El Peruano

Que, a través de la Resolución Jefatural N° 086-2014-CENEPRED publicada el 14.10.2014, se aprobó el "Manual para la Ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones y Formatos Correspondientes" el cual constituye el instrumento técnico de los órganos ejecutantes e Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones de los gobiernos locales, en su calidad de miembros competentes del SINAGERD; Que, con Decreto de Alcaldía N° 001-2015-ALC/MSI publicado el 28.01.2015, se actualizaron los porcentajes de la UIT de los derechos establecidos en el TUPA durante el año 2015, estableciéndose como índice de referencia el valor de tres mil ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 3, 850.00); Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM publicada el 02.04.2015, se aprobó el TUPA modelo de los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, asimismo, con el Decreto de Alcaldía N° 0072015-ALC/MSI publicado el 25.04.2015, se modificó el TUPA y formularios en virtud al cambio de la Estructura Orgánica y la aprobación de un nuevo Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad a través de la Ordenanza N° 382-MSI; estructura orgánica que contempla modificaciones orientadas a mejorar el funcionamiento de los servicios municipales; Que, por otro lado, mediante Ley N° 29227 publicada el 16.05.2008, se reguló el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2008-JUS publicado el 13.06.2008, se aprueba el Reglamento de la Ley que regula el procedimiento no contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías; Que, a través de la Directiva N° 03-2009-SNCP/ST publicada el 18.10.2009, se aprobaron las disposiciones referidas a la "Hoja Informativa Catastral", establecida en el TUPA de la entidad como servicio brindado en exclusividad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, publicado el 08.09.2007, se aprobaron los lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y por Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM se aprobó el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, publicado el 05.06.2010, se aprobó la nueva metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, y con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2010-PCM-SGP y modificatoria, se establecen los mecanismos y plazos para la implementación gradual de dicha metodología; Que, mediante Oficio N° 288-2015-0600-SG/MSI, de fecha 30 de junio de 2015 se remitió la Ordenanza N° 391MSI de fecha 24.06.2015, la cual aprobó la actualización del TUPA respecto a 39 procedimientos y servicios brindados en exclusividad, con la finalidad de iniciar el proceso de su ratificación; Que, el SAT a través del Oficio Nº 264-090-00000262, presentado con fecha 14.08.2015; mediante el D.S. N° 001561015, adjuntó el Informe Nº 266-181-00000190, en el cual se detallan las observaciones formuladas al TUPA para su subsanación, concluyendo que en virtud de ello, corresponde devolver la solicitud de ratificación presentada; Que, en ese sentido y considerando el levantamiento de las observaciones efectuadas por el SAT, resulta necesario aprobar una nueva actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad de San Isidro; Que, los numerales 38.1, 38.2 y 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11.04.2011, prescriben que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe aprobar por Ordenanza Municipal, en el caso de los gobiernos locales, y que corresponde publicar el íntegro del TUPA cada dos años o cuando se consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, en este contexto y contando con la opinión favorable de las unidades orgánicas responsables,

resulta necesario aprobar la actualización del TUPA de la Municipalidad de San Isidro, adecuando los procedimientos, requisitos, derechos de tramitación y otros, en beneficio de los administrados y continuar con el procedimiento de ratificación correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR los procedimientos administrativos y/o servicios brindados en exclusividad, requisitos y costos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Isidro aprobado por Ordenanza N° 372MSI; así como sus respectivos derechos de tramitación, de ser el caso; los mismos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza:
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS / SERVICIO BRINDADO EN EXCLUSIVIDAD Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano Subgerencia de Licencias y Autorizaciones 1 04.36 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTA(04.36 BLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA anterior) 100 M2 - CON ITSE BÁSICA EX - POST LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTA04.37 BLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA (04.37 100 M2 - CON ITSE BÁSCA EX - POST EN anterior) FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE HASTA 04.38 100 M2 - CON ITSE BÁSCA EX - POST EN (NUEVO) FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTA04.39 BLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE MÁS DE (04.38 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA anterior) EX - ANTE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 04.40 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA (04.39 EX - ANTE EN FORMA CONJUNTA CON LA anterior) AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS CON UN ÁREA DE MÁS DE 04.41 100 M2 HASTA 500 M2 CON ITSE BÁSICA (NUEVO) EX - ANTE EN FORMA CONJUNTA CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTA04.42 BLECIMIENTOS QUE REQUIEREN DE UN (NUEVO) ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA (MÁS DE 500 M2) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS QUE REQUIEREN DE UN ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA 04.43 (MÁS DE 500 M2) EN FORMA CONJUNTA (NUEVO) CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO SIMPLE (ADOSADO A FACHADA) Y/O TOLDO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: ESTABLECIMIENTOS QUE REQUIEREN DE UN ITSE DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA 04.44 (MÁS DE 500 M2) EN FORMA CONJUNTA (NUEVO) CON LA AUTORIZACIÓN DE ANUNCIO PUBLICITARIO (LUMINOSO O ILUMINADO) Y/O TOLDO 76.50 DERECHO TRÁMITE (S/.)

NÚMERO CÓDIGO

2

90.60

3

207.80

4

370.20

5

395.50

6

505.80

7

72.00

8

94.70

9

211.90