Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de octubre de 2015 /

El Peruano

CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación de la Federación Latinoamericana de Auditores lnternos y el Instituto de Auditores lnternos de Chile para participar en el XX Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna ­ CLAI, que se realizará del 18 al 20 de octubre, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile; El evento permitirá tener conocimiento sobre el fortalecimiento del control interno, la gestión de riesgos y cumplimiento, riesgos de fraude y auditoría en el sector público, entre otros temas, que son de importancia para fortalecer el conocimiento y trabajo en la Gerencia de Auditoría; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios y profesionales en aspectos fundamentales relacionados con su finalidad y funciones; La Gerencia de Auditoría tiene entre sus objetivos ejecutar el control interno posterior mediante acciones y actividades de control, en concordancia con la Ley Orgánica y los lineamientos del Directorio y del Sistema Nacional de Control; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo No.047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 6 de agosto de 2015; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Mónica Fernández Rabanal, Especialista en Auditoría de la Gerencia de Auditoría a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 18 al 20 de octubre, y el pago de los gastos, a fin de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje Viáticos TOTAL US$ US$ US$ 357,42 780,00 -------------1 137,42

Conforme lo dispone el numeral 38.3 del artículo 38° de la Ley N° 27444 y los artículos 3° y 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, al día siguiente de que la presente resolución sea aprobada por el Directorio deberá ser publicado en el Diario Oficial "El Peruano" y el nuevo TUPA deberá ser publicado en la misma fecha en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE y en el portal institucional; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Facultar a la Gerencia General para disponer la actualización del TUPA en cada oportunidad en que se modifiquen los procedimientos existentes o se creen nuevos; mediante la aprobación de las circulares o reglamentos respectivos. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como del nuevo TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, y en el portal institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. (Portal Institucional: www.bcrp.gob.pe). Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1296570-1

CONTRALORIA GENERAL
Designan Jefes de Órganos de Control Institucional de diversas entidades
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 301-2015-CG Lima, 7 de octubre de 2015 VISTO; la Hoja Informativa N° 00027-2015-CG/GPO, emitida por la Gerencia de Planeamiento Operativo y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio; Que, los literales a) y b) del numeral 7.2.2 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL de los Órganos de Control Institucional (en adelante "la Directiva"), aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG, establecen las modalidades a través de las cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso público de méritos y por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; Que, el numeral 7.2.3 de la Directiva establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un período de tres (03) años. Por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional podrán permanecer en la entidad por un período menor de tres (03) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (05) años; Que, de acuerdo al documento del visto, por necesidad del servicio, resulta conveniente disponer las acciones de personal respecto a la Jefaturas de los Órganos de Control Institucional de las entidades que se indica en la parte resolutiva;

Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1296508-1

Aprueban nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 078-2015-BCRP-N Lima, 5 de octubre de 2015 VISTO: El informe N° 027-2015-JUR100 de fecha 11 de setiembre de 2015, emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal en Asuntos Financieros, a efectos de aprobar un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Banco Central de Reserva del Perú. CONSIDERANDO QUE: Conforme a los artículos 37° y 38° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, todas las entidades públicas deben contar con un TUPA actualizado, que será aprobado por resolución del Titular cuando se trate de organismos constitucionalmente autónomos, como es el caso de este Banco Central; De acuerdo al Informe N° 027-2015-JUR100, es necesario aprobar un nuevo TUPA con la finalidad de incorporar nuevos procedimientos administrativos, actualizar la base legal de cada uno ellos, así como adecuar su formato al aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros;