Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de octubre de 2015 /

El Peruano

Designan Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 128-2015-BNP Lima, 5 de octubre de 2015 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Memorándum Nº 298-2015-BNP-DN, de fecha 01 de octubre de 2015, emitido por la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; y el Informe Nº 249-2015-BNP-OAL, de fecha 02 de octubre de 2015, emitida por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1) y 2) e inciso a) del numeral 3 del Artículo 4º de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, entre ellos, el personal de confianza, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas de acceso al empleo público establecidas en el Artículo 8º de dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Memorando Nº 1453-2014-BNP/OA, de fecha 05 de noviembre de 2014, la Dirección General de la Oficina de Administración, remitió el Informe Nº 761-2014-BNP/APER, de fecha 04 de noviembre de 2014, emitido por la Responsable de las funciones de responsabilidad del Área de Personal, adjuntando el Cuadro de Asignación de Personal de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Resolución Directoral Nacional Nº 127-2011-BNP, de fecha 19 de diciembre de 2011, en el cual se precisa que el cargo de Asesor II de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, tiene la calificación de cargo de confianza; Que, mediante el Memorando Nº 298-2015-BNP-DN, de fecha 01 de octubre de 2015, la Dirección Nacional dispone la designación del abogado LEONIDAS MARTÍN CARPIO PINTO, en el cargo de Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, todas las Resoluciones de Designación surten efectos a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Con el visado de la Dirección General de la Secretaría General, de la Dirección General de la Oficina de Administración y de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0242002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado LEONIDAS MARTÍN CARPIO PINTO como Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe).

Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y a las instancias correspondientes, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 1296920-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan la apertura de la Oficina Receptora de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, en la Zona Registral N° VI - Sede Pucallpa
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 251-2015-SUNARP/SN Lima, 6 de octubre de 2015 VISTOS, el Oficio N° 306-2015/Z.R.N°VI-SP-JEF, de la Jefa de la Zona Registral N° VI ­ Sede Pucallpa, los Informes N° 338-2015-SUNARP/OGPP; N° 172-2015-SUNARP/OGA; N° 300-2015-SUNARP/OGTI y N°1058-2015-SUNARP/OGAJ; de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; Administración; Tecnologías de la Información y Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos; Que, la Sunarp viene implementando políticas de descentralización, inclusión social y modernización de la Gestión Pública, de manera tal que los servicios registrales que brinda la entidad beneficien a un mayor número de ciudadanos de manera eficaz, oportuna y descentralizada; Que, mediante Oficio de Visto, la Zona Registral N° VI-Sede Pucallpa, Órgano Desconcentrado de la Sunarp solicita autorización para la apertura de la Oficina Receptora ubicada en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, remitiendo para tal efecto, los sustentos contenidos en la documentación que conforma el Expediente TécnicoEconómico; Que, conforme a lo establecido en la Directiva N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN "Procedimiento de autorización para la creación, supresión o traslado de las Oficinas Receptoras de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos", aprobada por Resolución N° 139-2008-SUNARP/SN, el Expediente Técnico debe contener los estudios preliminares, el análisis de la demanda, costos y beneficios que se generen a partir de la puesta en marcha de la Oficina Receptora que brindará los servicios registrales así como las ventajas de su creación a favor de los pobladores del lugar; Que, conforme a los estudios técnicos y análisis de la demanda elaborados por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° VI ­ Sede Pucallpa, la apertura de la propuesta Oficina Receptora beneficiaría a un aproximado de 333,890 habitantes de la provincia de Coronel Portillo, (según el Censo del año 2007), la misma que abarca los distritos de Callería, Campo Verde, Iparia, Masisea, Yarinacocha, Nueva Requena y Manantay;