Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 8 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

563567

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Aprueban la actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 127-2015-BNP Lima, 2 de octubre de 2015 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Informe Nº 154-2015-BNP/ODT, de fecha 02 de octubre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico; y el Informe Nº 246-2015-BNP-OAL, de fecha 02 de octubre de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, sobre la aprobación de la actualización del Tarifario de Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional de Perú, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el anexo del Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, por el cual se aprobó la calificación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo Público Ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el Artículo 11º de la Ley Nº 29565 "Ley de Creación del Ministerio de Cultura" y con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo Único de la Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC "Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura"; Que, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el último párrafo del Artículo 37º de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que "(...) para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, establece como concepto de "Actividades Comerciales" como "la venta o alquiler de bienes o servicios que no son suministrados en exclusividad por las Entidades del Sector Público, independientemente de que sean o no producidos por la misma Entidad, y que generalmente se brinda en condiciones de competencia con el sector privado"; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 167-2013-BNP, de fecha 19 de diciembre de 2013, se aprobaron las modificaciones al Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 034-2013-BNP, de fecha 15 de marzo de 2013, indicando en su Artículo Segundo: "Disponer que la vigencia del mismo, se mantenga hasta su sustitución en el ejercicio presupuestal 2014"; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 09-2015BNP/ODT, de fecha 08 de junio de 2015, la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico se dirige a la Direcciones Generales a fin de informar que se está realizando la actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, y a la vez solicita las propuestas que correspondan; Que, mediante Informe Nº 002-2015-BNP/ODTARAC-MEGO, de fecha 30 de septiembre de 2015, el

Área de Racionalización remite a la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico, la propuesta del Tarifario de los Servicios No prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, en el acotado informe se indican como antecedentes a los siguientes documentos: i) Memorándum Nº 216-2015/ BNP-CBN, ii) Memorándum Nº 399-2015-BNP-CSBE, iii) Informe Nº 245-2015/BNP-OA-ATES, iv) Memorándum Nº 506-2015-BNP/SG, v) Memorándum Nº 592-2015BNP/OIIEC, vi) Informe Nº 313-2015/BNP-OA-ATES, vii) Memorándum Nº 191-2015-BNP/OIIEC, viii) Memorándum Nº 195-2015-BNP/OIIEC, ix) Memorándum Nº 208-2015BNP/OIIEC, x) Memorándum Nº 600-2015-BNP/DT-BNP y xi) Memorándum Nº 348-2015-BNP/OIIEC; Que, mediante Informe Nº 126-2015-BNP/ODT-ARACBTS, de fecha 30 de septiembre de 2015, la Encargada del Área de Racionalización eleva a la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico la propuesta de actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Informe Nº154-2015-BNP/ODT, de fecha 02 de octubre de 2015, la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico emite opinión técnica favorable a la propuesta del Tarifario de los Servicios No prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Informe Nº 246-2015-BNP-OAL, de fecha 02 de octubre de 2015, la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, de conformidad a lo señalado por la Encargada de Racionalización y la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico; y considerando que la propuesta remitida cumple con la normatividad vigente, opina favorablemente a la aprobación de la propuesta de actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú; Con el visado de la Dirección General de la Oficina de Desarrollo Técnico; de la Dirección General de la Oficina de Administración; de la Dirección General de la Oficina de Imagen Institucional y Extensión Cultural; de la Dirección Técnica de la Biblioteca Nacional del Perú; de la Dirección General del Centro Bibliográfico Nacional; de la Dirección Ejecutiva de Depósito Legal, ISBN y Adquisiciones; de la Dirección General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados; de la Dirección Ejecutiva de Servicios e Investigaciones Bibliográficas; de la Dirección General de Hemeroteca Nacional; de la Dirección Ejecutiva de Servicios Hemerográficos; de la Dirección General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecológico; de la Dirección Ejecutiva de Ediciones; de la Dirección Técnica del Sistema de Bibliotecas; de la Dirección General del Centro Coordinador de Bibliotecas Educativas y Especializadas; de la Dirección Ejecutiva de Bibliotecas Escolares; de la Dirección General del Centro Coordinador de Bibliotecas Públicas; de la Dirección Ejecutiva de Servicios Bibliotecarios Públicos; de la Dirección Ejecutiva de Bibliotecas Públicas y Periféricas; y de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, que consta de sesenta y seis (66) servicios en total (veintiún (21) servicios sobre Uso de Espacios Disponibles en la Biblioteca Nacional del Perú, con sus correspondientes requisitos y condiciones de uso de espacios para actividades académicas y culturales; y cuarenta y cinco (45) servicios no prestados en exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú según se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web Institucional: (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional 1296918-1