Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2015 (08/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 8 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Decreto de Alcaldía y a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás unidades orgánicas su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación su publicación en el portal institucional www. muniindependencia.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1297229-1

con el VOTO MAYORITARIO del pleno de Concejo, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín, Sr. JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE a la Ciudad de Orlando ­ Florida de los Estados Unidos de América, desde el 12 al 17 de octubre del 2015, con la finalidad de participar en el evento "Misión Técnica Internacional 2015 sobre Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito en las Ciudades, Planificación del Turismo y el Desarrollo Sostenible". Artículo Segundo.- Los gastos que realice durante su viaje el Sr. Alcalde JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE no irrogara gasto alguno en el presupuesto municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Teniente Alcalde Sr. JUAN CARLOS CHUMPITAZ QUIN el despacho de la Alcaldía desde el 12 de octubre hasta el 17 de octubre del 2015, mientras dure el viaje del Sr. Alcalde. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE E. ARAKAKI NAKAMINE Alcalde 1297251-1

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Autorizan viaje de Alcalde a EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-2015/ML Lurín, 7 de octubre del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, la Autorización del viaje del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín, Sr. JOSE ENRIQUE ARAKAKI NAKAMINE a la Ciudad de Orlando ­ Florida de los Estados Unidos de América desde el 13 al 16 de octubre del 2015, con la finalidad de participar en el evento "Misión Técnica Internacional 2015 sobre Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito en las Ciudades, Planificación del Turismo y el Desarrollo Sostenible". CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Informe N. 1841-2015-GAJ/ML de fecha 23 de setiembre del 2015, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, indicando que es factible la autorización del viaje al exterior del Sr. Alcalde de esta Corporación Edilicia, programada a partir del día Lunes 12 de octubre hasta el sábado 17 de octubre del 2015 ya que la normatividad lo permite. Que, la ONWARD INTERNATIONAL y el ILDEL organizan el evento "Misión Técnica Internacional 2015 sobre Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito en las Ciudades, Planificación del Turismo y el Desarrollo Sostenible; dicha capacitación se llevara a cabo los días 13 al 16 de octubre del 2015 en Orlando ­ Florida de los Estados Unidos de América, cuyo objetivo es permitir conocer de forma técnica y practica los principales proyectos de gestión local orientados al desarrollo sostenible desde la planificación de proyectos turísticos inclusivos, programas medioambientales, manejo de residuos sólidos y tratamiento de aguas, así como la inclusión de proyectos sociales de prevención del delito y aplicación de tecnologías inteligentes para el aumento de niveles de seguridad ciudadana, siendo el público objetivo los representantes de gobiernos nacionales, ministerios, legisladores, gobiernos territoriales y locales, gestores públicos, representante de organismos gubernamentales y no gubernamentales. Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 20) del artículo 20 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Aprueban Ordenanza que actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro
ORDENANZA Nº 399-MSI San Isidro, 26 de agosto de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Dictamen N° 31-2015/MSI-CAFSF/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización, el Dictamen N° 40-2015-CAJLS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales; el Informe N° 965-2015-12.1.0-SLAGACU/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, el Informe N° 264-2015-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo, el Informe N° 224-2015-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, el Informe N° 139-2015-0400-GAJ/MSI/JMD e Informe N° 06302015-0400-GAJ/MSI, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, mediante Ordenanza N° 372-MSI, se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro, ratificada a través del Acuerdo de Concejo N° 2438-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a excepción de 16 procedimientos administrativos y/o servicios brindados por exclusividad correspondientes a la Subgerencia de Catastro, Subgerencia de Obras Municipales, Subgerencia de Acceso al Mercado, Subgerencia de Defensa Civil y la Gerencia de Desarrollo Social, respectivamente; ambas normas publicadas el 25.12.2014;