Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2005 (18/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES;

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de agosto de 2005

VISTO: El Informe Nº 10-2005-CEPAD/MDSMP, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, ha analizado el Informe Nº 1033-2005-GAJ/ MDSMP, del 11 de MORDAZA del 2005, el cual senala que mediante Informe Nº 0353-2005-GAJ/MDSJL, de fecha 25 de febrero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y recibido por Secretaria General el 1 de marzo del 2005, se concluyo que debia expedirse la Resolucion de Alcaldia que designe a los miembros de la Comision Tecnica que viabilice el Plan de Desarrollo Institucional o Plan Estrategico Municipal y la consolidacion de la informacion concerniente a los Manuales de Organizacion y Funciones en General, con miras al MORDAZA de Acreditacion de los Gobiernos Locales que establece la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 080-2004-PCM; Que, el citado informe legal precisa que dicha opinion se sustenta en lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM, por el cual excepcionalmente, para los efectos del MORDAZA de acreditacion aplicable al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, el ciclo del MORDAZA de acreditacion a que se refiere el Articulo 9º sera establecido por Resolucion del despacho Presidencial del Consejo Nacional de Descentralizacion, sin que en ningun caso exceda del 31 de marzo del 2005. En tal virtud, la transferencia de funciones sectoriales y de su correspondiente personal, acervo documentario, bienes y recursos presupuestales, a los Gobiernos Regionales y Locales que resulten acreditados, se realizara a partir del 1 de MORDAZA de 2005; Que, ademas senala que, la Comision Tecnica de Acreditacion de esta Municipalidad, a efectos de que se viabilice el MORDAZA de transferencia de competencias, ha debido ser designada mediante Resolucion de Alcaldia y esta debio ser puesta en conocimiento del Consejo Nacional de Descentralizacion, a mas tardar el 31 de marzo del 2005; Que, sin embargo, mediante Memorandum Nº 394-2005SG/MDSMP, procedente de la Secretaria General, y recibido el 17 de junio del 2005, por la Gerencia de Asesoria Juridica, se senala que dicha resolucion se encuentra sin numero y sin haber sido registrada en el Libro de Resoluciones del presente ano, y por lo tanto no se ha expedido en el plazo que las disposiciones legales referidas senalan, pese a que los informes tecnicos que la sustentaban obraban en la Secretaria General desde el 1 de marzo del 2005, conforme se aprecia en el sello de cargo que aparece en el Informe Nº 0353-2005-GAJ/MDSMP; Que, el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 080-2004PCM, senala que el MORDAZA de acreditacion se inicia anualmente con la aprobacion y publicacion de los correspondientes Planes Anuales de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales o Locales, el cual contiene las acciones y cronogramas a desarrollar con tal fin, el cual es aprobado por Decreto Supremo y publicado a mas tardar el 6 de MORDAZA de cada ano; Que, el Articulo 9º del acotado Decreto Supremo, establece el ciclo del MORDAZA de acreditacion, el cual se iniciara una vez aprobado el Plan Anual, de acuerdo a un procedimiento que el propio Reglamento establece, por lo que habiendo vencido el plazo resultaria improcedente la conformacion de la Comision Tecnica para el MORDAZA 2005; Que, el informe Nº 086-2005-MDSMP/GPP-UPR, del 4 de MORDAZA del 2005, emitido por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Racionalizacion, del cual se desprende que la Resolucion de Alcaldia que designaria a los integrantes de la Comision Tecnica para el MORDAZA 2005, se encontraba firmada tanto por el ex MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como por el ex Secretario General, Sr. MORDAZA Cerpa MORDAZA, empero la misma no se encontraba numerada, ni registrada en el Libro de Resoluciones del presente ano, a pesar de que la fecha de vencimiento para la Acreditacion del Gobierno Local ante el Consejo Nacional

de Descentralizacion fue el 31 de marzo del 2005; Que, el ex funcionario Sr. MORDAZA Cerpa MORDAZA, ha omitido efectuar los tramites pertinentes que permitieran la expedicion oportuna de la Resolucion de Alcaldia que debia designar a la Comision Tecnica de Acreditacion de la Municipalidad, por lo que presuntamente habria transgredido las obligaciones prescritas en el Articulo 21º, incisos a) y b), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, y habria incurrido en presunta falta de caracter disciplinario prevista en el Articulo 28º, incisos a) y d), del acotado Decreto Legislativo; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios ha llegado a la conclusion de que las faltas cometidas revisten gravedad que puede ser causal de cese temporal o destitucion, y por tanto el citado ex funcionario publico debe ser sometido a MORDAZA administrativo disciplinario, que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM-Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, el Articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha resolucion; Que, mediante Informe Nº 010-2005/CEPAD/MDSMP, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, en ejercicio de las facultades senaladas en el Articulo 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, acordo por unanimidad recomendar que se aperture MORDAZA administrativo disciplinario contra el ex funcionario publico de esta entidad edil; Que, estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al ex Secretario General, Sr. MORDAZA CERPA MORDAZA, por haber omitido efectuar los tramites pertinentes que permitieran la expedicion oportuna de la Resolucion de Alcaldia que debia designar a la Comision Tecnica de Acreditacion de la Municipalidad ante el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo Segundo.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios la prosecucion del MORDAZA, al ex funcionario indicado en el Articulo Primero de la presente Resolucion, dentro del plazo establecido por el Articulo 163º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General notificar en forma personal o publicar en el Diario Oficial El Peruano, al ex funcionario procesado dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de su expedicion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 14424

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Amplian prorroga de la Ordenanza Nº 184 y alcances de la Ordenanza Nº 187 referente a Beneficios Tributarios
ORDENANZA Nº 190 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 27 de MORDAZA del 2005