Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2005 (18/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 18 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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2) El Programa de Proteccion de Derechos en Dependencias Policiales, tiene por finalidad desarrollar politicas de promocion, proteccion y respeto de los derechos de las personas privadas de MORDAZA en establecimientos policiales, asi como ejercer la funcion de supervision, mediante actividades de investigacion y capacitacion en derechos humanos y funcion policial. 3) El Programa de Comunidades Nativas tiene como funcion promover el respeto y proteccion de los derechos de los pueblos indigenas y comunidades nativas, asi como promover la capacidad de interlocucion de estos ante el Estado. Realiza una supervision permanente a los funcionarios y servidores publicos que estan a cargo de la problematica indigena en el MORDAZA y colabora con las tareas de capacitacion para funcionarios publicos y representantes de organizaciones indigenas. 4) El Programa de Descentralizacion y Buen Gobierno tiene por finalidad acompanar y apoyar al MORDAZA de descentralizacion del MORDAZA en sus diversas etapas, poniendo especial enfasis en la promocion y supervision de las practicas de buen gobierno en la gestion de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Propone estrategias y acciones para incrementar las oportunidades de intervencion ciudadana en la gestion publica. 5) El Programa de Proteccion a Poblaciones Afectadas por la Violencia ( PPPAV), tiene por finalidad desarrollar acciones de proteccion y restitucion de derechos a las poblaciones afectadas por la violencia, involucrando a las instituciones publicas y privadas, promoviendo el fortalecimiento de la institucionalidad democratica, los derechos humanos y contribuyendo a la construccion de una paz duradera en el Peru.

conforman estos organos de coordinacion corresponde al Defensor del Pueblo y a la Primera Adjuntia. La Defensoria del Pueblo cuenta con los siguientes organos de coordinacion: 1) Comite de Coordinacion, es una instancia de informacion y consulta sobre los acontecimientos sociales y politicos de la actualidad, asi como sobre los procesos y actividades institucionales. Este comite es presidido por el Defensor del Pueblo e integrado por el personal Directivo de la Sede Central que el Defensor determine, reuniendose en las fechas que se disponga. En forma periodica y a solicitud del Defensor del Pueblo, participaran los Jefes de las UCT. 2) Comite de Coordinacion de la Gestion y Planeamiento Institucional, es una instancia de informacion y consulta sobre el desarrollo de los procesos de gestion administrativa, planificacion, monitoreo y evaluacion institucional. Este Comite es presidido por la Primera Adjuntia e integrado por los funcionarios y funcionarias que el Defensor del Pueblo y la Primera Adjuntia conjuntamente designen. 3) Grupos de trabajo, designados por el Defensor del Pueblo, son instancias de coordinacion y orientacion entre Adjuntias, Programas y Oficinas sobre temas dispuestos por el Defensor del Pueblo.

CAPITULO V ORGANOS DE APOYO GABINETE DE APOYO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Articulo 14º.- El Defensor del Pueblo, como parte de la organizacion interna del organo a su cargo, cuenta con un Gabinete de Apoyo, el cual desarrolla actividades de asistencia inmediata a su gestion en asuntos tales como elaboracion y revision del Informe Anual; despacho y atencion de documentos ingresados, emision de opiniones y recomendaciones; correspondencia y registro, entre otras, que le son encargadas por el titular. El Defensor del Pueblo designa a un Jefe de Gabinete que cumple funciones de apoyo directo a su gestion y contribuye a la consecucion de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a traves de la adecuada programacion y ejecucion de actividades, asi como de la evaluacion del funcionamiento y gestion administrativa de la unidad organica a su cargo.

CAPITULO III ORGANO DE CONTROL OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
Articulo 11º.- La Oficina de Control Institucional es el organo responsable de la funcion de auditoria gubernamental, orientada a evaluar de manera independiente y con posterioridad a su ejecucion, los actos de administracion realizados en la institucion y el ejercicio de las funciones de los directivos y trabajadores, dentro del MORDAZA establecido por el Sistema Nacional de Control. Articulo 12º.- Son competencias de la Oficina de Control Institucional: a) Realizar auditoria gubernamental mediante el examen profesional, objetivo y sistematico de los procesos, operaciones y actos de administracion efectuados en la entidad, para verificar y determinar el grado en que se han ejecutado y presentar el resultado al Defensor del Pueblo para la toma de decisiones. b) Evaluar en que medida las normas legales, disposiciones internas, lineamientos y procedimientos puestos en practica por la Oficina de Administracion y Finanzas, han sido eficaces, eficientes y economicos para salvaguardar los activos, bienes y recursos de la entidad. c) Verificar el grado de cumplimiento de metas, programas, sistemas y actividades con relacion a los resultados financieros y administrativos obtenidos. d) Proporcionar asesoria tecnica especializada al Defensor del Pueblo en auditoria y control gubernamental, en la forma, alcances y modalidad que determinen las normas del Sistema Nacional de Control. e) Realizar las actividades propias de la auditoria gubernamental en cuanto al planeamiento, la ejecucion de la auditoria, los informes y el MORDAZA de la accion correctiva. f) Cumplir las disposiciones que como instancia del Sistema Nacional de Control, pudieran ser dictadas por el organo rector del sistema. g) Investigar las denuncias y quejas que se presenten respecto de la correcta, util, eficiente, economica y transparente utilizacion de bienes y recursos de la entidad y respecto del ejercicio de funciones de los directivos y trabajadores.

OFICINA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Articulo 15º.- La Oficina de Administracion y Finanzas es un organo de apoyo responsable del MORDAZA de asignacion y administracion de recursos economicos, financieros y materiales, asi como de la ejecucion presupuestal, contable y de control patrimonial, observando las disposiciones legales de los sistemas administrativos vigentes. Asimismo, asegura la continuidad de las actividades que desarrolla la institucion mediante el oportuno y adecuado suministro de bienes y servicios. La Oficina de Administracion y Finanzas cuenta con las siguientes areas: Area de Contabilidad, Area de Tesoreria, Area de Logistica y Area de Tramite Documentario y Archivo. Articulo 16º.- El Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas depende directamente del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Es responsable de dirigir la ejecucion y coordinacion de las actividades propias de los sistemas administrativos, asegurando el cumplimiento de los objetivos y metas de la Defensoria del Pueblo, en orden al cumplimiento de su mision constitucional. Conduce los procesos de administracion, control de gestion, ejecucion presupuestal, tramite documentario y archivo, asegurando que se desarrollen en el MORDAZA de las normas legales vigentes. Articulo 17º.- Compete a la Oficina de Administracion y Finanzas: a) Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la gestion economica, financiera y tecnico-administrativa de la Defensoria del Pueblo, optimizando los recursos, servicios y actividades; b) Asesorar al Defensor del Pueblo y al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo en materia administrativa, proponiendo estrategias, programas, proyectos, procedimientos, directivas, convenios y contratos de interes institucional; y participando en la formulacion del proyecto de presupuesto institucional en su ambito de competencia, en la memoria anual y en otras actividades o medidas de caracter administrativo;

CAPITULO IV ORGANOS DE COORDINACION
Articulo 13º.- Son instancias de coordinacion de caracter consultivo, cuya funcion es brindar asesoria al Defensor del Pueblo y a la Primera Adjuntia en la toma de sus decisiones. La designacion de los funcionarios que