Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2005 (18/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de agosto de 2005

Nº 002-2003 MDSMP-OPPR y con La MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 230-11, Deposito Oportuno en Cuentas Bancarias. Que, en la Observacion Nº 6 del Informe, se establece que en el Arqueo realizado a MORDAZA para evaluar la aplicacion del sistema de control interno, se ha observado que existen algunas deficiencias referidos al uso y manejo del dinero. Asi tenemos: A) Existe en la boveda los siguientes cheques de gerencia por un importe de S/. 1'212,731.00 del Banco de la Nacion a nombre de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres: Fecha Cheque 17.06.04 23.06.04 23.06.04 23.06.04 Importe 00583018 00583120 00583122 00583121 -----------------1'212,731. 19,549 3,600 1'185,272 4,310

B) Existe un fondo en efectivo por S/. 844 que es manejada por el Jefe de Tesoreria y dicho importe no se encuentra registrado en la contabilidad. C) Vales provisionales con antiguedad a mas de 365 dias por un total de S/. 19,900 que no cuentan con autorizacion. D) En la boveda se encontro el importe de S/. 1,250, que segun lo manifestado por el Tesorero, es de su propiedad. E) Existen vales provisionales por el importe de S/. 6,920, segun lo manifestado por el Tesorero, el dinero entregado como prestamo es producto de descuentos efectuados a funcionarios. F) Importe de S/. 407 que corresponde al Programa a Trabajar MORDAZA que data desde MORDAZA del 2003 que no ha sido depositado al Banco. La causa de esta situacion se debe a que no se realizo arqueos sorpresivos por parte del ex contador y del ex director de Administracion y Finanzas Sr. MORDAZA NOBLECILLA MORDAZA, que no dispone se realice los arqueos sorpresivos asi como el ex Jefe de Tesoreria por crear fondos que no estan de acuerdo a ley, incumpliendo con la Directiva Nº 002-2003 MDSMP-OPPR, la MORDAZA Tecnica de Control Nº 230-12 "Arqueo de Fondos y Valores" y el articulo 64º de la Directiva de Tesoreria, Resolucion Directoral Nº 103-2002-EF/77.15. Que, la Observacion Nº 7 del Informe, senala que en la revision a los comprobantes de pago, documentos de MORDAZA, se ha verificado que existen pagos realizados en efectivo, por distintos conceptos a diferentes personas, La causa de esta situacion se debe a que el ex Jefe de Tesoreria Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA no cumplio con aplicar la MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 230-05 sobre Medidas de seguridad para cheques, efectivo y valores. Que, la Observacion Nº 8 del Informe, senala que al 31 de diciembre del 2003, el balance muestra saldos pendientes por regularizar en entregas a rendir cuenta, dinero que fue entregado a ex funcionarios en su oportunidad. Habria responsabilidad en el ex Jefe de Tesoreria Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por cuanto MORDAZA de volver a girarle a la misma persona esta tenia que haber rendido cuenta de lo anterior, quien ha incumplido con la MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 280-04, sobre Control de Saldos pendientes. Que, la Observacion Nº 9 del Informe, senala que se ha observado que en el listado de deudas por contribuyente existe gran cantidad de cuentas por cobrar que no tienen nombre, direccion y si cuenta con importe, situacion que no permite evaluar si estan adecuadamente presentados. Esto se debe a que no existe un adecuado control del padron de contribuyentes que permita identificar al 100% de los contribuyentes. Habria responsabilidad en el ex Gerente de Administracion Tributaria y Rentas, Sr. MORDAZA MORDAZA MUNIZ por cuanto debio depurar el padron de contribuyentes a fin de obtener un listado actualizado. Incumpliendose la MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 280-03, sobre Conciliacion de Saldos. Que, la Observacion Nº 10 del Informe, senala que se ha observado que el Municipio viene cobrando indebidamente a 79 Programas de Vivienda por concepto de arbitrios los mismos que no reciben los servicios basicos como agua, desague, pistas y veredas, por el que vienen pagando; teniendo en cuenta que estos programas no cuentan con areas verdes asi como con pistas asfaltadas.

Habria responsabilidad en el ex Gerente de Administracion Tributaria y Rentas, Sr. MORDAZA MORDAZA MUNIZ por cuanto se cobraba por servicio de mantenimiento de parques y jardines a pesar de que en la MORDAZA mencionada no existen parques y jardines, hecho que contraviene el Art. 66º del Decreto Legislativo Nº 776. Que, la Observacion Nº 11 del Informe, senala que la Unidad de Informatica no se encuentra ubicada como una Unidad de Apoyo, la causa de esta situacion se debe a que el organigrama de la entidad ha sido elaborado sin tener en cuenta los lineamientos descritos por La Directiva Nº 010-95-INEI/SJL, del INEI. Habria responsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de Informatica Sr. MORDAZA CHRISTIAM VICH RAA por no hacer las gestiones para que la oficina de informatica cambien su situacion en el organigrama de acuerdo a las normas tecnicas de control. Que, la Observacion Nº 12 del Informe, determina que la Municipalidad no cuenta con licencias de uso de los programas (software) utilizados en las diferentes unidades, divisiones y areas administrativas y operativas conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM. Habria responsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de Informatica Sr. MORDAZA CHRISTIAM VICH RAA por la falta de licencia de los equipos. Que, la Observacion Nº 13 del Informe, senala que la Unidad de Informatica de la Municipalidad no cuenta con un Plan de Contingencias que considere las acciones a tomar ante la presencia de algun siniestro (incendios, terremotos, robo, atentados, etc.) que pudieran afectar a la Municipalidad paralizando sus procesos administrativos y de recaudacion. Habria responsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de Informatica Sr. MORDAZA CHRISTIAM VICH RAA por no haber contado con un Plan de contingencias en el area de informatica. Habria incumplido con la MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 500-06, Plan de Contingencia, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, y Reglamento de Organizacion y Funciones. Que, la Observacion Nº 14 del Informe, senala que la Unidad de Informatica no cuenta con "Plan de Sistemas de Informacion", el cual es una herramienta de gestion que establece las necesidades de informacion de la entidad, tiene el proposito de prever el desarrollo de los recursos fisicos y logicos con un horizonte temporal determinado de manera que contribuya efectivamente con los objetivos de la entidad. Habria responsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de Informatica Sr. MORDAZA CHRISTIAM VICH RAA por no haber contado con un Plan de Sistemas de Informacion conteniendo las indicaciones previstas en la MORDAZA tecnica de Control Interno Nº 500-02 y la senalada en el Reglamento de Organizacion y Funciones. Que, la Observacion Nº 15 del Informe, senala que La Unidad de Informatica no cuenta con Normas y Procedimientos para el cumplimiento de sus actividades. Esta situacion se genera por que las Unidades de Informatica y Planeamiento y Racionalizacion no han formulado "Normas y Procedimientos" relacionados a las actividades que se realizan en la Unidad de Informatica que permitan al personal cumplir con la eficiencia de sus funciones. Las consecuencias son: a) Los usuarios para el cumplimiento de sus funciones realizan actividades de acuerdo a su criterio; b) no se tiene un registro de las partes empleadas para la reparacion de los equipos de computo; c) No existe un control de los equipos que ingresan para reparacion al ambiente de soporte tecnico; y d) Los usuarios de las diferentes unidades y divisiones operan los equipos de computo sin contar con normas y procedimientos. Habria responsabilidad en el ex Jefe de la Unidad de Informatica Sr. MORDAZA CHRISTIAM VICH RAA por no contar Normas y Procedimientos para el cumplimiento de sus actividades., conforme lo senala La MORDAZA Tecnica de Control Interno Nº 500-01, Organizacion del Area de Informatica, y el ROF de la Municipalidad. Que, la Observacion Nº 16 del Informe, senala que durante el ano 2003, la entidad ha adquirido los insumos a Negociaciones Inversiones Internacionales S.A., para el Programa del Vaso de Leche a traves de la modalidad de menor cuantia, sin tener en cuenta lo normado en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, amparados en el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003, de fecha 7 de enero del 2003 . La causa de esta deficiencia se debe a que el ex Jefe de la Unidad de Logistica Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA no cumple con la aplicacion de la leyes vigentes. Que, la Observacion Nº 17 del Informe, senala que en el MORDAZA de Licitacion Nº 001-2003 para adquirir 2'342,381 latas de leche y 732,082 bolsas de MORDAZA, que asciende a S/. 5'277,437, el Comite Especial integrado por la Srta.