Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2005 (01/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

Prorrogan por 60 dias naturales autorizaciones concedidas a empresas de transporte
DECRETO DE ALCALDIA Nº 028
MORDAZA, 30 de marzo de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Peru, de acuerdo con la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en sus articulos 194º, 195º -incisos 3, 4, 5, 6 y 8- y 198º, disponen que las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los cuales se encuentra organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, conforme a ley y que la capital de la Republica tiene regimen especial en las Leyes de Descentralizacion y Ley Organica de Municipalidades; Que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 desarrolla dicho regimen especial y dispone que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba los planes y programas metropolitanos sobre transporte, circulacion y transito; regula el funcionamiento del transporte publico, la circulacion y el MORDAZA metropolitano; aprueba la organizacion de los servicios publicos locales de caracter metropolitano; planifica, regula y gestiona el transporte publico y el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, asi como otorga las concesiones, autorizaciones y permisos de operacion para la prestacion de las distintas modalidades de servicios publicos de transporte de pasajeros y carga, de ambito MORDAZA e interurbano, asi como de las instalaciones conexas; de conformidad con los articulos 157º y 161º; Que con Decreto de Alcaldia Nº 193, del 22 de diciembre del 2003, con fuerza de Ordenanza otorgada mediante la Ordenanza Nº 627, se faculto a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a otorgar ampliaciones de las autorizaciones para prestar servicio publico de transporte regular de pasajeros hasta el 31 de marzo del 2005, de conformidad con la 7º Disposicion Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 619, previo procedimiento de verificacion de requisitos, a las personas juridicas con concesiones, autorizaciones o permisos vencidos o por vencerse al 31 de diciembre del 2003; Que resulta necesario que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA prorrogue las autorizaciones actualmente vigentes y que se encuentran proximas a vencer el 31 de marzo del 2005, por un periodo minimo necesario a efectos de no desabastecer a la comunidad del mencionado servicio; Que siendo asi, corresponde emitir el Decreto de Alcaldia correspondiente; de conformidad con la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ordenanza N° 104, el Decreto de Alcaldia N° 193 y demas normas modificatorias y complementarias; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroguese las autorizaciones otorgadas a las empresas de transporte en aplicacion del Decreto de Alcaldia Nº 193 del 22 de diciembre del 2003, por 60 dias naturales a partir de la fecha de su vencimiento. Articulo 2º.- Quedan prorrogadas automaticamente hasta la fecha que se encuentren vigentes las autorizaciones senaladas en el articulo 1º los siguientes documentos: 1. Las tarjetas de circulacion de la flota vehicular. 2. Las credenciales correspondientes a los conductores, conductores - cobradores y cobradores. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 06493

Autorizan contratar servicios de estudio de abogados para ejercer la defensa de los intereses de la MML en temas administrativos y judiciales
ACUERDO DE CONCEJO Nº 095
MORDAZA, 23 de marzo de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23 de marzo de 2005, la Carta Nº 006-2005-DMA/MML de fecha 14 de marzo de 2005 de la Direccion Municipal Administrativa solicitando la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio personalisimo de asesoria legal externa especializada del Estudio MORDAZA Pasco Isola, Abogados S.C., con la finalidad de ejercer la defensa de los intereses de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ante las demandas en materia laboral; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 040 de fecha 19.2.2004, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion, en razon de la cuantia, bajo la modalidad de servicio personalisimo, para la contratacion del Estudio MORDAZA Pasco Isola Avendano, Abogados S.C., suscribiendose el respectivo contrato con fecha 16 de marzo de 2004, por un plazo de 12 meses que ha vencido el 16 de marzo del ano 2005. Que, no habiendose aun senalado fecha para la vista de la causa en el MORDAZA que el citado Estudio tiene a su cargo ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, resulta ventajoso continuar con los servicios del mismo por tener informacion y documentacion sobre el citado caso y porque las caracteristicas o habilidades inherentes al citado Estudio lo tornan imprescindible para los intereses de la Corporacion Municipal. Que, mediante Carta Nº 006-2005-DMA/MML, la Direccion Municipal Administrativa remite la Carta Nº 1352005-OASA-DMA/MML de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante la cual comunica que la Procuraduria Publica Municipal mediante Oficio Nº 132005-MML/PPM, ha solicitado la contratacion del hoy denominado Estudio MORDAZA Pasco Isola, Abogados S.C. considerando que el referido estudio tiene a su cargo la representacion de la Municipalidad en el MORDAZA seguido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, siendo objetivamente contrastable la dedicacion y eficiencia con la que ha venido asumiendo la defensa de los intereses de la Municipalidad desde el ano 2003 lo que evidencia un inmejorable conocimiento de la problematica municipal como resultado del tiempo que viene prestando servicios a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por lo que amerita la continuidad de sus servicios para el apoyo legal a la entidad, adjuntando para ello el valor referencial para dicha contratacion en aproximadamente S/. 150,000.00 para el ano 2005, conforme a la propuesta economica efectuada por el referido Estudio. Que, es necesario resaltar lo senalado en el Oficio Nº 13-2005-MML/PPM, en cuanto a que los honorarios por la prestacion del servicio se fijaran de conformidad al monto minimo establecido por la Tabla de Honorarios vigente del Colegio de Abogados de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Hasta 10 UIT (S/. 32,000.00) De 10 hasta 50 UIT (S/. 160,000.00) De 50 hasta 250 UIT (S/. 800,000.00) De 250 hasta 500 UIT (S/. 1'600,000.00) Por todo exceso de 500 U.I.T. 15% 10% 5% 2.00% 0.50%

Que, los honorarios referidos no consideran los impuestos de ley ni los gastos en que se incurra en cada MORDAZA, motivo por el cual se le debera agregar el Impuesto General a las Ventas y los gastos que el Estudio podria incurrir. En ningun caso el honorario correspondiente al MORDAZA, podra ser inferior a 2 UIT. Si el