Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2005 (01/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005
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NORMAS LEGALES

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representante de la Direccion Regional de Salud representante de la Policia Nacional del Peru representante del Ministerio Publico de la Region MORDAZA representante del Poder Judicial de la Region MORDAZA representante de la Direccion Regional de Educacion representante del MIMDES representante de la Defensoria del Pueblo representante por cada una de las Municipalidades Provinciales de la Region MORDAZA representante de las entidades civiles que desarrollan labores de lucha contra las drogas, representacion que recaera en el Centro de Informacion y Educacion para la Prevencion del Abuso de Drogas - CEDRO.

Los miembros titulares integrantes de CONVIDA, deberan contar ademas con sus respectivos alternos, que concurriran en ausencia del titular. Articulo Segundo.- El Consejo Regional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas asumira las funciones y responsabilidades correspondientes para disenar e implementar la Estrategia Regional de Lucha contra las Drogas 2005 2006, la misma que estara en concordancia legal con la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002 2007. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente Ordenanza a las instituciones integrantes del precitado Consejo Regional, para su respectiva instalacion y realizacion de las acciones inherentes a su competencia, concordantes con los fines para los que ha sido creado. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 06364

Declaran MORDAZA como Area Ecologica de Interes Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-GR.LAMB./CR.
Chiclayo, 25 de enero de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de 11 de enero de 2005, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente como unidad organica del Gobierno Regional MORDAZA, con competencias y funciones definidas para llevar a cabo actividades de gestion y de ejecucion respecto del uso sustentable de los recursos naturales de la Region MORDAZA, ha canalizado mediante Oficio Nº 279-2003-GR.LAMB/GRRN de 04.SEPT.03, una iniciativa que la Direccion Regional de Vivienda y Saneamiento dirige a la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA con Oficio Nº 259-2003-GR.LAMB/DRVS del 05.DIC03, relacionada al aprovechamiento de aproximadamente 800 hectareas de humedales localizados en la desembocadura del rio MORDAZA, ambito geografico de gran riqueza biologica, resaltandose la presencia de aves migratorias que hacen uso de estos humedales como areas de paso para su obligado descanso. Area cuya ampliacion a 1377 Ha. fue recomendada tanto por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA como por los gobiernos locales involucrados, con el fin de incorporar zonas del entorno como areas de amortiguamiento complementarias del propio proyecto de MORDAZA Ecologico.

Que, se tiene previsto el uso de estos humedales, entre otras actividades, para fines turisticos y recreativos, asi como para la observacion de aves, con la consiguiente generacion de beneficios economicos de las comunas ediles de Monsefu, Eten, Puerto Eten, asi como tambien para la Comunidad Campesina de San MORDAZA de Monsefu, haciendose sumamente necesario conferir a la indicada MORDAZA de humedales la respectiva declaratoria de Area Ecologica de Interes Regional, para proceder a su correspondiente categorizacion de Area de Conservacion Regional, a efectos de propiciar finalmente el establecimiento del "PARQUE ECOLOGICO METROPOLITANO CHICLAYO", unidad de conservacion por crearse que cuenta con el aval de los alcaldes distritales de Monsefu, Eten y Puerto Eten, la Comunidad Campesina San MORDAZA de Monsefu, asi como de la Direccion Regional de Vivienda y Saneamiento Lambayeque. Que, el Articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 26834 "Ley de Areas Naturales Protegidas", aprobado por D.S. Nº 038-2001-AG establece los procedimientos para promover y establecer areas naturales protegidas. Que, el Articulo 41º del Reglamento mencionado en el considerando anterior, establece tres niveles y formalidades para la creacion de areas naturales protegidas: La primera refiere a Areas de Administracion Nacional; la MORDAZA, a Areas de Administracion Regional; y la tercera, a Areas de Conservacion Privada. Que, el Articulo 43º, inciso 43.2. del Reglamento de la Ley Nº 26834, "Ley de Areas Naturales Protegidas", D.S. Nº 038-2001-AG, dispone que se puede establecer areas naturales protegidas o categorizarlas definitivamente sobre predios de propiedad comunal, si es que se cuenta con el consentimiento previo dado libremente y con pleno conocimiento de causa de los propietarios de los mismos, cuyos derechos fundamentales se reconocen explicitamente en el dispositivo de creacion. Que, el Articulo 11º de la Ley Nº 26834, establece que los Gobiernos Regionales, dentro del MORDAZA de descentralizacion, podran gestionar ante el ente correspondiente la tramitacion de un Area de Conservacion Regional en su jurisdiccion. Que, el Art. 10º, Numeral 2., Inc. e) de la Ley Nº 26786, "Ley Organica de Gobiernos Regionales", establece como competencias compartidas de los Gobiernos Regionales la: "Preservacion y administracion de las reservas y areas naturales regionales". Que, el Articulo 53º, inciso d), de la Ley Nº 26786, "Ley Organica de Gobiernos Regionales", establece que es funcion en materia ambiental y de ordenamiento territorial de los gobiernos regionales: "Proponer las areas de conservacion regional y local en el MORDAZA del Sistema Nacional de Areas Protegidas". Que, se ha identificado un area que reune condiciones suficientes para establecer un Area de Conservacion Regional, la misma que se ubica dentro de los distritos de Monsefu, Eten y Puerto Eten, pertenecientes a la provincia de Chiclayo y conforma un poligono irregular cuyas coordenadas UTM son las siguientes:
PUNTOS COORDENADAS UTM REFERENCIA FIJOS ESTE NORTE 1 621761.215 9237156.636 Interseccion playa Monsefu y el MORDAZA 5000 2 621963.894 9239543.738 Interseccion carretera Sta. MORDAZA y MORDAZA 5000 3 625304.002 9239624.965 Interseccion Av. Venezuela y Av. Conroy. 4 625510.792 9235972.573 Interseccion carretera a Puerto Eten y carretera hacia la Capilla del Nino. 5 624488.964 9234888.807 Interseccion carretera de la Capilla del MORDAZA y la Playa.

Que, el area identificada tiene las siguientes caracteristicas: Temperatura Media Anual de 19.9 ºC a 23.9 ºC, con variaciones estacionales. La precipitacion es escasa entre 5 y 27 mm anuales y la Humedad Relativa Promedio es de 75.55%.; el paisaje fisiografico que domina la MORDAZA esta caracterizado por areas planas a ligeramente onduladas; los suelos van de medianos a profundos; presentan una textura MORDAZA arenosa con 58% de MORDAZA, 24% de MORDAZA,18 % de arcilla y 3.7% de materia organica; se aprecian terrenos fangosos debido a los sedimentos de la erosion eolica.