Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2005 (01/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, OLINTO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SUCCHIL, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, obtuvieron inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, valiendose para tal efecto de declaraciones falsas, los mismos que fueron insertadas en documento publico y registrados en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, luego de verificar la declaracion dada por cada ciudadano, concluye que las mismas adolecen de falsedad, hecho que motivo se excluya del registro las inscripciones obtenidas de modo irregular mediante Resolucion Nº 241-2004-GP/SGDAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, dado el hecho que se hizo insertar datos falsos en documento publico; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra RENEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, OLINTO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SUCCHIL, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINEZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra RENEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, OLINTO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SUCCHIL, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06333

los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ANTONIOLY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARUJA MORDAZA CURMAYARI, solicitaron su Inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales, valiendose para ello de partidas de nacimiento falsas, tal como lo informan las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre - MORDAZA, Distrital de MORDAZA - MORDAZA, Metropolitana de MORDAZA, Provincial de Cajabamba - MORDAZA y Distrital de Callahuanca - MORDAZA, respectivamente; Que, se establece la presuncion razonada que los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ANTONIOLY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARUJA MORDAZA CURMAYARI, han hecho uso de documentos falsos o falsificados como si fuesen legitimos, para sustentar una situacion distinta de la realidad, con la consecuente insercion de datos falsos en los Formularios de Identidad, por lo cual se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en sus modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ANTONIOLY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARUJA MORDAZA CURMAYARI y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ANTONIOLY MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARUJA MORDAZA CURMAYARI y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06334

RESOLUCION JEFATURAL Nº 360-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA,15 de marzo de 2005 VISTO: los Oficios Nºs. 265, 266, 308, 312 y 514-2005/ GO/RENIEC, los Informes Nºs. 160, 157, 190, 192 y 3772005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 240-2005-GAJ/ RENIEC de fecha 3 de marzo del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 366-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 15 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 10341-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 220, 221, 246-2005-GP/SGDAC/ HYC RENIEC y el Informe Nº 225-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 25 de febrero del 2005;