Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2020 (25/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de octubre de 2020 /

El Peruano

para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes; Que, mediante el Oficio N° 441-2020-PRODUCE/ INNÓVATE_PERÚ.CE, INNOVATE PERÚ, remite el Informe N° 121-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚUPEG, de su Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, a través del cual sustenta las transferencias financieras a favor de cinco (05) entidades públicas, vinculadas al Sector Educación, hasta por la suma total de S/ 912 836,88 (NOVECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES), correspondiendo el importe de S/ 882 836,88 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados a cofinanciar el desembolso de cuatro (04) proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines ­ IAN, en el marco del FOMITEC y, un (01) Proyecto de Acceso para Servicios Tecnológicos para MIPYME ­ AST, en el marco del FIDECOM, considerando que las referidas entidades han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en el Convenio suscrito y señalando que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar las mencionadas transferencias financieras a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s 1226, 1227, 1228, 1229 y 1230; Que, mediante el Memorando N° 00000839-2020-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 00000153-2020-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual, emite opinión favorable en materia presupuestaria y respecto a las transferencias financieras solicitadas, las cuales se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestales que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, en el marco de los recursos del FOMITEC y del FIDECOM y lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019. De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de cinco (05) entidades públicas, vinculadas al Sector Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 912 836,88 (NOVECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios el importe de S/ 882 836,88 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento Recursos Determinados el importe de S/ 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES), destinados a cofinanciar el desembolso a cuatro (04) proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines ­ IAN, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia

y Tecnología ­ FOMITEC y un (01) Proyecto de Acceso para Servicios Tecnológicos para MIPYME ­ AST, en el marco del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad­FIDECOM; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1896833-1

Designan Director Ejecutivo del "Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 369-2020-PRODUCE Lima, 23 de octubre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 164-2020-PRODUCE-PNIPA/ DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional