Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2020 (25/10/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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NORMAS LEGALES
Domingo 25 de octubre de 2020 /
El Peruano
para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes; Que, mediante el Oficio N° 441-2020-PRODUCE/ INNÓVATE_PERÚ.CE, INNOVATE PERÚ, remite el Informe N° 121-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚUPEG, de su Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, a través del cual sustenta las transferencias financieras a favor de cinco (05) entidades públicas, vinculadas al Sector Educación, hasta por la suma total de S/ 912 836,88 (NOVECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES), correspondiendo el importe de S/ 882 836,88 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados a cofinanciar el desembolso de cuatro (04) proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines IAN, en el marco del FOMITEC y, un (01) Proyecto de Acceso para Servicios Tecnológicos para MIPYME AST, en el marco del FIDECOM, considerando que las referidas entidades han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en el Convenio suscrito y señalando que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar las mencionadas transferencias financieras a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario N°s 1226, 1227, 1228, 1229 y 1230; Que, mediante el Memorando N° 00000839-2020-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 00000153-2020-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual, emite opinión favorable en materia presupuestaria y respecto a las transferencias financieras solicitadas, las cuales se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestales que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, en el marco de los recursos del FOMITEC y del FIDECOM y lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019. De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de cinco (05) entidades públicas, vinculadas al Sector Educación, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 912 836,88 (NOVECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES), correspondiendo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios el importe de S/ 882 836,88 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 88/100 SOLES) y en la fuente de financiamiento Recursos Determinados el importe de S/ 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES), destinados a cofinanciar el desembolso a cuatro (04) proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines IAN, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia
y Tecnología FOMITEC y un (01) Proyecto de Acceso para Servicios Tecnológicos para MIPYME AST, en el marco del Fondo de Investigación y Desarrollo para la CompetitividadFIDECOM; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado en el Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza la referida transferencia financiera, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo Único en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1896833-1
Designan Director Ejecutivo del "Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 369-2020-PRODUCE Lima, 23 de octubre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 164-2020-PRODUCE-PNIPA/ DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional