Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2020 (03/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2020 /

El Peruano

Chaclacayo, mediante el cual se regula el régimen interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo; Que, es necesario dar continuidad y viabilidad al funcionamiento del Concejo Municipal, utilizando las herramientas tecnológicas, para las comunicaciones, documentos, citaciones y otros, en consecuencia, se debe incorporar el uso de la tecnología y Gobierno Digital, en dicho cuerpo normativo, ratificándose en sus demás extremos la referida Ordenanza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020- PCM ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº116-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM y Nº 146-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020- PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064- 2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM y Nº 146-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; disponiéndose una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, así como para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional, entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por COVID-19; Que, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, considera conveniente adoptar medidas que aseguren el funcionamiento del Concejo Municipal, como órgano fundamental de la Corporación Municipal, en este periodo de excepción dictado por el Poder Ejecutivo; debiendo tener en consideración el principio general en el derecho: que el único instrumento que pueda derogar y dejar sin efecto o modificar una norma jurídica es otra norma jurídica de igual o mayor rango, La ley solo es derogable por otra ley. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con la dispensa del trámite de comisiones, el Concejo Municipal por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACIÓN DE SESIONES DE CONCEJO EN FORMA VIRTUAL POR EXCEPCIÓN, GARANTIZÁNDOSE SU NATURALEZA PÚBLICA Artículo Primero.- INCORPÓRESE como Tercera Disposición Final del Reglamento Interno de Concejo del Concejo Distrital de Chaclacayo, aprobado mediante la Ordenanza Nº 075-MDCH, la siguiente: Tercera Disposición Final.- En los casos de declaración de emergencia sanitaria a nivel nacional y/o declaración de emergencia nacional por parte de la autoridad competente y durante el periodo que establezca dicha autoridad, las Sesiones del Concejo Municipal de Chaclacayo, se podrán convocar y desarrollar de manera virtual o remota, considerando su carácter público, utilizando mecanismos tecnológicos que habilita la normativa vigente aplicable para el sector público. Artículo Segundo.- RATIFICAR; en sus demás extremos lo dispuesto en la Ordenanza Nº 075-MDL. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial "El Peruano" y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.munichaclacayo.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1890006-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y postergan la prorroga señalada en el Artículo Primero, referente a la fecha del primer sorteo del mes de julio de 2020, para el último trimestre del 2020
DECRETO DE ALCALDÍA N° 027-2020-MDP/A Pachacámac, 26 de setiembre del 2020. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac VISTO: El Informe N° 117-2020-MDP/GR-SGRR de la Subgerencia de Registro y Recaudación, el Informe N° 049-2020-MDP/GR de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 241-2020-MDP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la "Prórroga De La Fecha De Vencimiento Para El Pago Total De Las Obligaciones Tributarias Por Concepto Del Impuesto Predial Y Arbitrios Del Ejercicio Fiscal 2020, A Efectos De Considerar A Los Contribuyentes Hábiles Que Participarán En Los Sorteos Públicos, De Conformidad Con Lo Establecido En La Ordenanza Municipal N° 240-2020-MDP/C y en las Bases del Sorteo Con Tu Puntualidad En Tus Tributos Puedes Llevarte Un Auto Nuevo Cero"0" Kilómetros"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico". Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal". Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y demás normas ampliatorias, afines y complementarias, se declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del virus COVID-19, el mismo que se inició el 16 de marzo del presente año y sigue vigente a la fecha. Que, mediante Ordenanza N°240-2020-MDP/C "Ordenanza para Otorgamiento de Premios a través de Sorteo por el Pago Puntual de Obligaciones Tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la Jurisdicción del Distrito de Pachacámac", se establecen las políticas, condiciones y procedimientos que regulan los sorteos públicos denominados "Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero "0" Kilómetros", a fin de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes, e incrementar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 026-2020-MDP/A se prorrogó al 30 de setiembre de 2020, el vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios del ejercicio fiscal 2020, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo "Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero "0" Kilómetros". Que, con el Informe N° 117-2020-MDP/GR-SGRR de fecha 17 de setiembre de 2020, la Subgerencia de