Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2020 (03/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 3 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando a su vez que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO; y, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVÍN S.A., suscribieron los Convenios Nºs. 55 y 56-2020/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, respectivamente; los cuales tienen por objeto establecer los compromisos entre las partes para el financiamiento de la supervisión de las inversiones con CUI Nº 2301970 "Mejoramiento y Ampliación Red de Agua y Desagüe en el Margen Derecho e Izquierdo de la Quebrada Chaquihuaycco entre el Puente Apurímac y el Jr. Los Rosales 1+410m, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho" y Nº 2235046 "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del Casco Urbano de la ciudad de Caraz, Distrito de Caraz, Provincia de Huaylas - Ancash", hasta por las sumas de S/ 423 098,00 (CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) y S/ 3 385 075,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), respectivamente, mediante la aprobación de una transferencia financiera a favor de las citadas Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento para ser destinas única y exclusivamente al financiamiento de la supervisión; Que, mediante Informe Nº 251-2020/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en el marco de lo dispuesto en los numerales 17.1 y 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, solicita gestionar las Transferencias Financieras a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVÍN S.A.; y, comunica la disponibilidad presupuestal hasta por la suma total de S/ 3 808 173,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para financiar la supervisión de las inversiones con CUI Nº 2301970 y Nº 2235046; Que, con Memorándum Nº 1229-2020-VIVIENDA/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS, hace suyo el Informe Nº 345-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 3 808 173,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVÍN S.A.; los cuales, serán destinados única y exclusivamente para financiar la supervisión de las inversiones con CUI Nº 2301970 "Mejoramiento y Ampliación Red de Agua y Desagüe en el Margen Derecho e Izquierdo de la Quebrada Chaquihuaycco entre el Puente Apurímac y el Jr. Los Rosales 1+410m, Distrito de San Juan Bautista Huamanga - Ayacucho", por la suma de S/ 423 098,00 (CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) y Nº 2235046 "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del Casco Urbano de la ciudad de Caraz, Distrito de Caraz, Provincia de Huaylas - Ancash", por la suma de S/ 3 385 075,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), respectivamente, para lo cual, se cuenta con

los respectivos convenios suscritos entre las partes; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, es necesario autorizar las Transferencias Financieras, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO y de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVÍN S.A., hasta por la suma total de S/ 3 808 173,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDA AYACUCHO Autorízase la Transferencia Financiera con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 423 098,00 (CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Ayacucho S.A. - SEDA AYACUCHO, destinada única y exclusivamente para la supervisión de la inversión con CUI Nº 2301970 "Mejoramiento y Ampliación Red de Agua y Desagüe en el Margen Derecho e Izquierdo de la Quebrada Chaquihuaycco entre el Puente Apurímac y el Jr. Los Rosales 1+410m, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho"; conforme se señala en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS CHAVIN S.A. Autorízase la Transferencia Financiera con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 3 385 075,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavín S.A. - EPS CHAVIN S.A., destinada única y exclusivamente para la supervisión de la inversión con CUI Nº 2235046 "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del Casco Urbano de la ciudad de Caraz, Distrito de Caraz, Provincia de Huaylas Ancash"; conforme se señala en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Financiamiento Las Transferencias Financieras autorizadas por los artículos 1 y 2 de la presente resolución, se realizan con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5006373: Promoción, Implementación y Ejecución de Actividades para la Reactivación Económica, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: