Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2020 (03/10/2020)


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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2020 /

El Peruano

entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En ese sentido, al estar acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del Acta de Defunción, y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal y en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 045-2020-MDZ/CM, ambos de fecha 17 de setiembre de 2020, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Néstor Ramos Flores y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM. 4. Por consiguiente, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Delia Deynes Miranda Sacari, identificada con DNI Nº 71946975, candidata no proclamada de la organización política Democracia Directa, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Zepita. 5. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 6. Finalmente, se señala que la notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Néstor Ramos Flores como regidor del Concejo Distrital de Zepita, provincia de Chucuito, departamento de Puno, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Delia Deynes Miranda Sacari, identificada con DNI Nº 71946975, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Zepita, provincia de Chucuito, departamento de Puno, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 20192022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal. Artículo Tercero.PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones . Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZAR RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1889843-1

MINISTERIO PUBLICO
Crean la Oficina de Integridad Institucional como unidad orgánica dependiente del Despacho de la Fiscalía de la Nación, modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 y el Organigrama del Ministerio Público
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1076-2020-MP-FN Lima, 1 de octubre de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 828-2020-MP-FN-GG de la Gerencia General; Informe Nº 152-2020-MP-FN-GG-OGPLAP de fecha 9 de setiembre de 2020 emitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº 413-2020-MP-FN-OGASEJ, de fecha 11 de agosto de 2020 emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; relacionados con la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 del Ministerio Público, y; CONSIDERANDO: La Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, que declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización con la finalidad de mejorar la Gestión Pública, teniendo como fin fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. La Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, resalta la necesidad de aumentar la integridad pública, definida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE 2017) como el uso adecuado de fondos, recursos, activos y atribuciones en el sector público para los objetivos oficiales para los que se destinaron, garantizando un servicio civil moderno e íntegro, con sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control efectivo y disuasivo. La Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada con Decreto Supremo Nº 0922017-PCM, establece en su Artículo 3 que "Las Entidades del Estado (...) tienen a su cargo la implementación y ejecución de la misma, en el marco de su competencia"; estableciéndose en la Directiva Nº 001-2019-PCM/SIP "Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública", aprobada mediante Resolución de la Secretaría de Integridad Pública Nº 001-2019-PCM/SIP, instaurando como una de las formas de implementación, de acuerdo a su estructura orgánica, recursos presupuestales, nivel de riesgo de corrupción y el número de personal destinado para ejercer la función de integridad y, en el marco de los "Lineamientos de Organización del Estado" aprobado con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, la "Creación de una Oficina de Integridad Institucional" que permita garantizar el desarrollo y ejecución de las funciones encomendadas. El/La Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y formular lineamientos de política institucional, así como de promover en la institución la realización de las acciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, creada mediante Ley Nº 29976, de la cual forma parte. En el contexto de la implementación del Proyecto Marco de Modernización del Ministerio Público, aprobado con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1136-2016-MPFN; mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018 y Nº 1974-2019-MP-FN, de fecha 26 de julio de 2019, se aprobó y modificó el Reglamento de Organización y