Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2020 (03/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 3 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 58 770,00 (Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y 00/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la reducción de las remuneraciones mensuales de los servidores cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15 000,00 (Quince mil y 00/100 soles) en los meses de junio, julio y agosto de 2020, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, para ser destinados a financiar la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19; en tanto que la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 126-2020-INACAL/OAJ, opina que resulta viable legalmente emitir la resolución de la Titular del Pliego que autorice la citada transferencia financiera; Que, en consecuencia, en el marco de la normativa antes descrita, corresponde autorizar la transferencia financiera a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por la suma de S/ 58 770,00 (Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y 00/100 Soles), correspondiente a la reducción de las remuneraciones mensuales de los servidores públicos del INACAL en los meses de junio, julio y agosto de 2020, con cargo al presupuesto institucional para el año fiscal 2020 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, Unidad Ejecutora 001: Administración ­ INACAL, en las actividades de 5000001. Planeamiento y Presupuesto, Actividad 5000002. Conducción y Orientación Superior, Actividad 5000003. Gestión Administrativa, Actividad 5000004. Asesoramiento Técnico y Jurídico y la Actividad 5004640. Infraestructura Nacional de la Calidad; con la finalidad de ser destinada a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la Salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; y, el Decreto Supremo Nº 2202020-EF, Aprueban Normas Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, por la suma de S/ 58 770,00 (Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y 00/100 Soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; destinada a financiar la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, correspondiente a la reducción de las remuneraciones mensuales de los servidores del INACAL cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15 000,00 (Quince mil y 00/100 soles) en los meses de junio, julio y agosto de 2020. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente resolución se atiende con cargo al

presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, partida de gasto "2. 4. 1. 3. 1. 1 transferencias a otras unidades del gobierno nacional", por el importe de S/ 58 770,00 (Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y 00/100 Soles) de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, según siguiente detalle:
EGRESOS: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA EN SOLES : GOBIERNO CENTRAL : 244 INSTITUTO NACIONAL CALIDAD : 001 ADMINISTRACIÓN ­ INACAL

DE

CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9001 : ACCIONES CENTRALES PRODUCTO 3999999 : SIN PRODUCTO ACTIVIDAD 5000001 : PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 7 500,00 ACTIVIDAD 5000002 : CONDUCCIÓN Y ORIENTACION SUPERIOR FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 27 270,00 ACTIVIDAD 5000003 : GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 5000004 : ASESORAMIENTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL, CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9001 CATEGORÍA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD

4 500,00

4 500,00 43 770,00

9002 : ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 3999999 : SIN PRODUCTO

5004640 : INFRAESTRUCTURA NACIONAL DE LA CALIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 15 000,00 TOTAL, CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 15 000,00 TOTAL, UNIDAD EJECUTORA 58 770,00 TOTAL, PLIEGO 58 770,00

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de Administración, para que realicen las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del INACAL (www. inacal.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1889747-1