Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2020 (03/10/2020)
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NORMAS LEGALES
Sábado 3 de octubre de 2020 /
El Peruano
resolución ministerial, de conformidad con la normatividad de la materia. Asimismo, se establece, que el referido Grupo de Trabajo aprueba las bases de los concursos, la determinación de elegibles y otros instrumentos necesarios para la implementación de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto de Urgencia; Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir el acto por el que se disponga la creación del Grupo de Trabajo que llevará a cabo el Concurso Público 2020-III del Programa Turismo Emprende; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa "Turismo Emprende", modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1506; y el Decreto de Urgencia Nº 116-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes para viabilizar la entrega del Bono Universal en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 98-2020; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto del Grupo de Trabajo 1.1. Créase el Grupo de Trabajo que tiene a su cargo llevar a cabo el Concurso Público 2020-III del Programa Turismo Emprende, conforme a lo dispuesto mediante Decreto de Urgencia Nº 116-2020. 1.2. El Grupo de Trabajo tiene por objeto implementar las acciones conducentes al desarrollo del mencionado Concurso Público en todas y cada una de las etapas establecidas en sus respectivas bases; así como las acciones que se deriven de ellas. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo 2.1. El Grupo de Trabajo se conforma por los siguientes miembros: a) El/La Viceministro/a de Turismo, quien lo preside; b) El/La Director/a General de Estrategia Turística; c) El/La Director/a General de Artesanía; d) El/La Presidente/a Ejecutivo/a de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo; y, e) El/La Director/a de Promoción de Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo. 2.2. Cada integrante titular del Grupo de Trabajo cuenta con un representante alterno, designado mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo. 2.3. Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo 3.1. El Grupo de Trabajo creado por el artículo 1 de la presente Resolución, tiene las siguientes funciones: a) Evaluar y aprobar las Bases del Concurso Público 2020-III, las cuales se enmarcan en las Disposiciones Complementarias Finales del Decreto de Urgencia Nº 116-2020; b) Aprobar a propuesta de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, el procedimiento de monitoreo y seguimiento de los recursos, en un plazo máximo de cinco (05) días de aprobadas las bases; c) Resolver en última instancia, las controversias que se susciten durante el desarrollo del Concurso Público 2020-III respecto de la selección de beneficiarios, cuyas propuestas son financiadas con los recursos del Programa Turismo Emprende, según los criterios establecidos para cada una de las modalidades existentes en las bases; d) Evaluar la lista de elegibles del Concurso Público 2020-III y seleccionar aquellas postulaciones que serán declaradas Ganadoras beneficiarias mediante Resolución Ministerial; e) Sustituir a uno o más de los declarados elegibles, en caso no entreguen la documentación que solicite la
Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo, en el plazo que ésta determine, de acuerdo al orden de prelación y en función al presupuesto asignado para el Concurso Público 2020-III; f) Aprobar la redistribución del presupuesto asignado entre las modalidades de subvención, en caso una de las modalidades no cuente con un número de propuestas consideradas elegibles; g) Evaluar y aprobar los documentos que resulten necesarios para la operatividad interna del Concurso Público 2020-III, en el marco de las Disposiciones Complementarias Finales del Decreto de Urgencia Nº 116-2020; a propuesta de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo; h) Evaluar y aprobar los informes a los que se refiere el numeral 1.4 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 116-2020, elaborados por la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo; y, i) Otras funciones que permitan cumplir con la finalidad del Concurso Público 2020-III, acordes al objetivo del Programa Turismo Emprende. 3.2. El Grupo de Trabajo podrá sesionar de manera virtual o presencial, de acuerdo con la Convocatoria que realice su Secretaría Técnica. Artículo 4.- Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo se encuentra a cargo de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística, a través de la cual se realizan las coordinaciones para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 5.- Funciones de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Son funciones de la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, las siguientes: a) Proponer las Bases del Concurso Público 2020III y elevarlas al Grupo de Trabajo para su evaluación y aprobación; b) Recibir, revisar y evaluar las propuestas de los participantes del Concurso Público 2020-III para elaborar la lista de elegibles y remitirla al Grupo de Trabajo para su evaluación y aprobación; c) Proponer al Grupo de Trabajo el procedimiento para el monitoreo y seguimiento de los recursos autorizados en el numeral 1.1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 116-2020 para la evaluación y aprobación; d) Implementar el procedimiento de monitoreo y seguimiento de los recursos, aprobado por el Grupo de Trabajo; e) Elaborar los informes finales a los que se refiere el numeral 1.4 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 116-2020 y remitirlos al Grupo de Trabajo para su evaluación y aprobación; f) Realizar las notificaciones que se requieran como consecuencia del Concurso Público 2020-III; así como todos los actos que se deriven del mismo; y, g) Otras funciones que guarden relación con el objeto y finalidad del Concurso Público 2020-III. Artículo 6.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, para lo cual, la Secretaría Técnica convoca a sus miembros a la primera sesión. Artículo 7.- Vigencia El Grupo de Trabajo culmina sus funciones una vez finalizadas todas y cada una de las etapas correspondientes al desarrollo del Concurso Público 2020-III del Programa Turismo Emprende; así como todos los actos que se deriven del mismo. Artículo 8.- Apoyo al Grupo de Trabajo Los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, prestan el apoyo que sea requerido por el Grupo de Trabajo para el logro del