Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2020 (28/02/2020)


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VISTO

NORMAS LEGALES

Viernes 28 de febrero de 2020 /

El Peruano

El Oficio Nº 095-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio Nº 095-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ informa que por Resoluciones Administrativas Nros. 012 y 036-2020-CE-PJ, se prorrogó por periodos diferentes el funcionamiento del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, y que de acuerdo a lo coordinado con el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se propone que la prórroga sea por el plazo de dos meses. Segundo. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 337-2020 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Álvarez Trujillo y Castillo Venegas, sin la intervención de los señores Consejeros Lama More y Pareja Centeno por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 012-2020-CE-PJ, de fecha 15 de enero de 2020. Artículo Segundo.- Establecer que la prórroga del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, será a partir del 1 de febrero al 31 de marzo de 2020. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1859899-1

competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, hasta el 29 de febrero de 2020, disponiéndose además que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, por Oficio Nº 102-2020-OPJ-CNPJCE-PJ que adjunta el Informe Nº 006-2020-OPJ-CNPJCE/PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 29 de febrero de 2020. Dicha evaluación se efectuó en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial, correspondiente al período de enero a diciembre de 2019, considerando que el avance ideal al mes de diciembre de cada año debe ser el 100% de la meta anual. En ese sentido, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administración de órganos jurisdiccionales y la optimización de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por lo que siendo así, y conforme al análisis y evaluación desarrollados respecto al ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional, la Oficina de Productividad Judicial pone a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios en los mencionados Distritos Judiciales, la cual cuenta con la conformidad del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto a la prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios laborales. Tercero. Que, de otro lado, de la evaluación realizada a los órganos jurisdiccionales con vencimiento al 29 de febrero de 2020, efectuada del avance ideal del 100% de la meta anual que debieron presentar al mes de diciembre del año 2019, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó lo siguiente: 1) Se observó la existencia de órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial que presentaron un avance inferior al 91%, por lo que recomendó que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura verifiquen el bajo desempeño de estos; asimismo, recomendó que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial efectúen el monitoreo exhaustivo del funcionamiento de sus respectivos órganos jurisdiccionales a fin de adoptar las acciones correspondientes que permitan dinamizar la descarga procesal. Los órganos jurisdiccionales con avance inferior al 91% se remiten por Anexo, estando exceptuados de esta relación las tres Salas Penales Especiales de Lima, un Juzgado de Turno Permanente de Lima y el 4º Juzgado Penal de Lima, cuya producción no puede ser medida bajo los estándares establecidos, por su naturaleza funcional. 2) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Andahuaylas, Corte Superior de Justicia de Apurímac, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y familia, al mes de diciembre de 2019, resolvió 600 expedientes de una carga procesal de 1,083 expedientes, lo cual equivale exactamente al avance del 100% que debe registrarse al mes de diciembre de cada año sobre una meta similar al estándar de 600 expedientes anuales para un juzgado civil mixto; mientras que el Juzgado Civil Permanente de la citada provincia, teniendo el mismo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 6 plazas, resolvió 882 expedientes de una carga procesal total de 2,066 expedientes, con lo cual alcanzó un avance de 147%. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac mediante Oficio Nº 133-2020-P-CSJAP/PJ, ha remitido el Acta de Reunión Nº 001 de fecha 30 de enero de 2020, a través del cual el Comité Distrital de Productividad Judicial de dicha Corte Superior ha acordado solicitar la conversión del Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Andahuaylas como 2º Juzgado Civil Permanente de dicha

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 074-2020-CE-PJ Lima, 19 de febrero de 2020 VISTO: El Oficio Nº 102-2020-OPJ-CNPJ-CE-PJ que adjunta el Informe Nº 006-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 258, 316, 343, 382, 390, 434, 465, 472 y 498-2019-CEPJ, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la