Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2020 (28/02/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 28 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

43

del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS." Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transporte, en el Informe Nº 061-2020-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa "CITV ANTARQUI SERVICE S.A.C.", por el plazo de cinco (05) años, para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en Zona Parque Industrial Mz. F Lt. 08, distrito, provincia y departamento de Tacna. Artículo 2º.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2020" del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2020-VIVIENDA Lima, 27 de febrero de 2020 VISTOS; el Memorándum Nº 004-2020-VIVIENDAOGPP-ST-CSTCF de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como Secretaría Técnica de la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; el Informe Nº 113-2020-VIVIENDA/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y demás normas complementarias, se vienen elaborando, aprobando y ejecutando los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que las Comisiones Sectoriales de Transferencia propondrán los planes anuales de transferencia, hasta el último día útil del mes de febrero de cada año; Que, en aplicación de lo dispuesto por el literal b) del subnumeral 11.3 del numeral 11 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobado por la Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a más tardar el último día útil de febrero de cada año; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 295-2007-VIVIENDA, se constituye la Comisión del Sector Vivienda, responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, cuya conformación fue modificada por las Resoluciones Ministeriales Nºs 628-2008-VIVIENDA, 179-2010-VIVIENDA y 385-2014-VIVIENDA; Que, la referida Comisión en sesión de fecha 24 de febrero de 2020, acordó aprobar el proyecto del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2020" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, disponiendo continuar con las gestiones para su aprobación mediante resolución ministerial, conforme consta del Acta Nº 001-2020-VIVIENDA-CSTCF; Que, con Memorándum Nº 004-2020-VIVIENDAOGPP-ST-CSTCF, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión citada, presenta el proyecto del Plan antes referido, para su aprobación;

Primera renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre de 2020 Segunda renovación o contratación de nueva 28 de noviembre de 2021 póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre de 2022 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre de 2023 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 28 de noviembre de 2024

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada "CITV ANTARQUI SERVICE S.A.C.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa "CITV ANTARQUI SERVICE S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Artículo 6º.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal ubicado en la Urb. Tacna A-17, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1859358-1