Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2020 (28/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo 2. Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 401,32 Viáticos (3+1) : US$ 2 160,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada deben presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1860055-1

conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva Nº 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Franklin Paul Thompson Loyola, profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia, del 14 al 21 de marzo del 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ Viáticos (3 + 2) : US$ 3 017,67 2 500,00

Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad a Malasia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2020-EF/43 Lima, 27 de febrero del 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico de fecha 20 de febrero de 2020, la Secretaría del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacifico (APEC) traslada al Ministerio de Economía y Finanzas la invitación del Secretario General del Ministerio de Finanzas de Malasia para participar en la Reunión de Viceministros de Finanzas y en la Reunión sobre el Reporte de la Olas de Deuda Globales, que se llevarán a cabo del 17 al 19 de marzo de 2020, en la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia; Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas en los citados eventos está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema financiero y económico nacional mediante la armonización de políticas, la transparencia y la prevalencia del enfoque macroprudencial, el cual permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participamos como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Alianza del Pacífico (AP); Que, siendo de interés institucional y nacional la participación de un profesional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, encargada de participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial, así como asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general, es necesario autorizar el viaje del señor Franklin Paul Thompson Loyola, profesional de la citada Dirección General, a la ciudad de Kuala Lumpur, Malasia, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1860056-1

INTERIOR
Decreto Supremo que aprueba el Protocolo Interinstitucional de Atención de Casos de Desaparición de Personas en Situación de Vulnerabilidad y Otros Casos de Desaparición
DECRETO SUPREMO N° 002-2020-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, contempla la atención de denuncias, difusión, investigación, búsqueda, ubicación y empleo de mecanismos tecnológicos para la organización y difusión de información sobre casos de desaparición de personas; Que, el Decreto Supremo N° 003-2019-IN, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, a fin de asegurar su mejor aplicación y, en consecuencia, cumplir con su finalidad;