Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2020 (28/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 28 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización; y que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones se aprueba por Resolución del titular de la entidad; Que, con Oficio N° D000192-2020-PCM-SGP e Informe Nº D000021-2020-PCM-SSAP, la Secretaría de Gestión Pública y la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente, emiten opinión favorable respecto a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; estableciendo en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social emite las disposiciones complementarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el artículo 1 del referido Decreto Supremo; Que, en tal contexto, mediante Informe N° 040-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe N° 13-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, respectivamente, emiten su conformidad para la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; así como, establecer disposiciones que permitan su implementación, sin afectar la operatividad de la entidad; Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y de la Oficina de Modernización; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; en el Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones Apruébase la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS, que consta de dos (02) títulos, cincuenta y siete (57) artículos y dos Anexos que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el diario oficial El Peruano. La Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

de Desarrollo e Inclusión Social es publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/midis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Disposiciones sobre la implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Las denominaciones de los órganos y unidades orgánicas contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, siguen vigentes y operativos hasta la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. En un plazo de hasta treinta (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social implementa las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, aprobadas por Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS y la presente Resolución Ministerial, respectivamente. Se entiende culminada la referida implementación cuando el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social publica en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial que consolida el Texto Íntegro de su Reglamento de Organización y Funciones, que contiene las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 003-2020-MIDIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1859668-1

Designan Jefe de la Unidad Territorial Arequipa del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº D000107-2020-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 27 de febrero de 2020 VISTOS: El Informe Nº D000078-2020-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº D000160-2020-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de confianza de Jefe de la Unidad Territorial Arequipa del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, se ha visto por conveniente designar al profesional que ocupará el mencionado cargo; Que, a través de los informes de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que corresponde efectuar la designación del titular del cargo mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, y sus modificatorias, la Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial Nº 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor RAPHAEL ANTONIO EMANUEL ZEGARRA VELA en el cargo de confianza